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DECRETO 108/1979
COMERCIO EXTERIOR
Productos agrícolas. Precios índice. Modificación
del 15/01/1979; publ. 19/01/1979
Visto las leyes 20545 y 21453 , el decreto 751/1974 de fecha 8 de marzo de 1974, y
Considerando:
Que se hace necesario proveer a la Junta Nacional de Granos de la flexibilidad adecuada en lo que se refiere a la comercialización externa de aquellos productos de origen agrícola mencionados en la planilla anexa a la ley 21453 y en resoluciones complementarias.
Que a tales fines corresponde proceder a la sustitución del art. 11 del decreto 751/1974 que faculta a la Secretaría de Estado de Comercio y Negociaciones Económicas Internacionales para fijar, modificar o derogar precios índice, F.O.B. de exportación, fijos o mínimos.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Sustitúyese el art. 11 del decreto 751/1974 por el siguiente:
Art. 11.- Facúltase al Ministerio de Economía a fijar, modificar o derogar precios índice, F.O.B. de exportación, fijos o mínimos, a que se refiere el inc. e) del art. 6 de la ley 20545, de acuerdo con las pautas que emanan del art. 9 de dicha ley, dicha facultad será ejercida por conducto de la Secretaría de Estado de Comercio y Negociaciones Económicas Internacionales, salvo para los productos expresamente contemplados en la lista anexa a la ley 21453 y resoluciones complementarias en cuyo caso será ejercida por conducto de la Junta Nacional de Granos.
Art. 2.– Comuníquese, etc.
Videla – Martínez de Hoz
Cita digital del documento: ID_INFOJU84977