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DECRETO 108/2000 (*)
COOPERATIVAS
Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual. Presidente y vocales del directorio. Designación
del 03/02/2000; publ. 07/02/2000
(*) El art. 1 del decreto 721/2000 establece: Establécese que el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual (I.N.A.C. y M.), creado por el decreto 420 del 15 de abril de 1996 y sus modificatorios 471 del 30 de abril de 1996 y 723 del 3 de julio de 1996, pasará a denominarse Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (I.N.A.E.S.), debiendo considerarse sustituida tal denominación cada vez que se hace referencia al instituto citado en primer término.
Visto la resolución del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente 24 del 29 de diciembre de 1999 y la resolución de la ex Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación 4616 del 26 de noviembre de 1999, y
Considerando:
Que por la citada resolución del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente 24/1999 , se aceptaron las renuncias presentadas por los sres. Bernabé José Ángel Arnaudo y Marcelo Antonino Nazar a los cargos de presidente y vocal del Directorio del Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual, respectivamente, disponiéndose asimismo el cese en sus funciones de vocales del citado directorio, de los sres. Jesús Hernán Maciel y Ángel José Pedano.
Que, además, por resolución de la ex Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación 4616/1999 fue aceptada la renuncia presentada por Abraham Fleisman al cargo de vocal del Directorio del Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde designar al presidente y a los vocales del directorio del mencionado instituto.
Que, por otra parte, resulta oportuno disponer que los coordinadores de las regiones establecidas por la resolución I.N.A.C. y M. 241 del 28 de agosto de 1996 serán designados por el Poder Ejecutivo nacional.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el art. 99 , incs. 1 y 7, de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Desígnase presidenta del Directorio del Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual a María Vicenta Sánchez García (D.N.I. 4.833.895) y a César Rafael Fariña Vanini (D.N.I. 16.453.229) y Marcelo Leonardo García (D.N.I. 13.575.793) como vocales de dicho directorio.
Art. 2.– (Derogado por decreto 721/2000, art. 12 )
Art. 2.- (Texto originario) Dispónese que los coordinadores de las regiones establecidas por la resolución I.N.A.C. y M. 241 del 28 de agosto de 1996 y el coordinador general previsto en la reglamentación aprobada por resolución I.N.A.C. y M. 117/1997 serán designados por el Poder Ejecutivo nacional. A tal fin, la presidenta del directorio del citado instituto, deberá someter a su consideración los nombres de los respectivos candidatos.
Art. 3.– (Derogado por decreto 721/2000, art. 12 )
Art. 3.- (Texto originario) Establécese, que en el plazo de treinta (30) días de la fecha del dictado del presente, la citada funcionaria deberá elevar al Poder Ejecutivo nacional, para su aprobación, una propuesta de reorganización y reestructuración de las regiones establecidas por la resolución I.N.A.C. y M. 241/1996 y reglamentadas por la resolución I.N.A.C. y M. 117/1997 .
Art. 4.– Comuníquese, etc.
De la Rúa – De Fernández Meijide
Cita digital del documento: ID_INFOJU84982