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DECRETO 1230/1992

IMPORTACIÓN

Productos originarios y procedentes de los países intervinientes en la Feria Internacional de Córdoba. «Fico ’92». Exención

del 15/07/1992; publ. 22/07/1992

Visto el expediente n. 333052/91 del Registro de la Secretaría de Industria y Comercio, y

Considerando:

Que el Ministerio de Economía y Finanzas de la provincia de Córdoba, solicita la exención del pago de derechos de importación y demás gravámenes por la importación para consumo de los productos alimenticios, bebidas, tabacos y cigarrillos, artesanías, folletos y otras formas de propaganda originarios y procedentes de los países participantes en la Feria Internacional de Córdoba «Fico ’92», que se realizará en la provincia de Córdoba (República Argentina), del 3 al 13 setiembre de 1992.

Que la realización de este evento contribuirá al intercambio comercial y cultural de nuestro país con las demás naciones intervinientes.

Que el Servicio Jurídico Permanente del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos ha tomado la debida intervención opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo Nacional por el art. 5 , inc. s) de la ley 20545, incorporado por la ley 21450 y mantenido por el art. 4 de la ley 22792.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios y estadística, a la importación para consumo de los productos que a continuación se mencionan y por los montos que en cada caso se indican por país participante: alimenticios hasta un monto de dólares estadounidenses dos mil (u$s 2.000), bebidas hasta un monto de dólares estadounidenses un mil (u$s 1.000), tabacos y cigarrillos hasta un monto de dólares estadounidenses quinientos (u$s 500), artesanías hasta un monto de dólares estadounidenses quinientos (u$s 500), folletos y otras formas de propaganda hasta un monto de dólares estadounidenses un mil (u$s 1.000) originarios y procedentes de los países intervinientes en la Feria Internacional de Córdoba «Fico ’92», que se realizará en la provincia de Córdoba (República Argentina), del 3 al 13 de setiembre de 1992, para su promoción, degustación y/u obsequio entre el público visitante a la mencionada muestra, sin que ella genere egreso de divisas, tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Menem – Cavallo

Referencias: L 20545: ALJA 19-B-1441 – L 21450: ALJA 19-B-1026 – L 22792: 19-A-91.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU85422