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DECRETO 1387/1997

PODER EJECUTIVO

Secretaría de Planeamiento Estratégico. Aprobación de su estructura organizativa. Modificación

del 18/12/1997; publ. 23/12/1997

Visto el decreto 660 del 24 de junio de 1996, y

Considerando:

Que la definición de políticas estratégicas para la continuidad y consolidación del proceso de transformación iniciado constituye un objetivo prioritario del Gobierno nacional.

Que en tal sentido resulta necesario la creación de un área con dependencia directa del Presidente de la Nación, que establezca estratégicamente los lineamientos y prioridades para el diseño de las políticas y programas en la materia.

Que en el anexo I del decreto 660/1996 se aprueba el organigrama de aplicación en la Administración Nacional Centralizada, debiendo incorporarse, en razón de lo expresado precedentemente, a la Secretaría de Planeamiento Estratégico en el ámbito de la Presidencia de la Nación.

Que la Unidad de Reforma y Modernización del Estado de la Jefatura de Gabinete de Ministros ha tomado la intervención que le compete expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del art. 99 inc. 1 de la Constitución Nacional y el art. 15 de la ley 24764.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina en acuerdo general de ministros decreta:

Art. 1.– Modifícase el anexo I del decreto 660/1996 y sus modifs. en la parte correspondiente a la Presidencia de la Nación incorporándose la Secretaría de Planeamiento Estratégico y con dependencia de ella la Subsecretaría de Asuntos Institucionales y la Subsecretaría de Políticas Estratégicas.

Art. 2.– Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Planeamiento Estratégico de la Presidencia de la Nación, de acuerdo con el Organigrama y Objetivos, que como anexos I y II forman parte integrante del presente decreto.

Art. 3.– La Secretaría General de la Presidencia de la Nación brindará su apoyo a la Secretaría que se crea por el art. 1, en los aspectos relativos a la administración de recursos humanos y materiales.

Art. 4.– El secretario de Planeamiento Estratégico deberá remitir a la Jefatura de Gabinete de Ministros una propuesta con los requerimientos operativos, para ser incluidos en las previsiones presupuestarias para el Ejercicio 1998.

Art. 5.– Los gastos emergentes del funcionamiento de la Secretaría de Planeamiento Estratégico durante el Ejercicio 1997, serán atendidos con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la Secretaría General de la Presidencia de la Nación.

Art. 6.– Modifícase la Distribución Administrativa del Presupuesto de la Administración Nacional Recursos Humanos de la Jurisdicción 20.01. de la Presidencia de la Nación, según planilla anexa al presente artículo.

Art. 7.– Comuníquese, etc.

Menem – Rodríguez – Domínguez – Decibe – Mazza Di Tella – Corach – Granillo Ocampo – Fernández

Anexo I

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Presidencia de la Nación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Secretaría de Planeamiento Estratégico

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Subsecretaría de Asuntos Institucionales

 

 

Subsecretaría de Políticas Estratégicas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anexo II

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO

OBJETIVOS

– Asistir en la formulación de objetivos y políticas para el mediano plazo, y en la evaluación de las perspectivas de largo plazo.

– Asesorar en la elaboración de programas de investigación y formación profesional vinculados con las tareas de planificación, en cuya realización participen organismos oficiales y privados.

– Proponer pautas para el análisis de los problemas en el largo plazo.

– Asistir en la propuesta de políticas a largo plazo y sus respectivos cursos de acción para el cumplimiento de objetivos estratégicos para la continuidad y profundización del proceso de transformación que consolide a la Argentina como país de vanguardia.

– Proponer estrategias para consolidar, difundir y debatir en el más amplio ámbito nacional estos objetivos.

– Asistir en la propuesta de medidas que propendan a la integración armoniosa de todos los sectores de la sociedad a las grandes transformaciones operadas y a operarse en el país.

– Proponer acciones que garanticen una discusión amplia, plural y esclarecedora de las políticas adoptadas por el Gobierno nacional para completar ese proceso transformador.

– Proponer ámbitos de debate de las políticas de consolidación de la transformación operada, cuya ejecución deberá continuarse en el tiempo, más allá del presente mandato constitucional.

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS ESTRATÉGICAS

OBJETIVOS

– Detectar las cuestiones estructurales o coyunturales que puedan ser tratadas como objetivos de prioridad nacional para contribuir a la consolidación y profundización del proceso de transformación nacional y reinserción internacional de la Argentina.

– Promover el debate público, amplio y multisectorial de los temas estructurales o coyunturales que merezcan ser tratados como prioridad nacional en el marco del objetivo precedente.

– Proponer planes de acción para el fortalecimiento de la integración económica, política, social y cultural del país.

– Proponer la implementación de políticas orientadas a colocar al conjunto de la sociedad argentina a la vanguardia del aprovechamiento intensivo e integral de la revolución tecnológica que se vive en el mundo globalizado.

– Asistir en la propuesta de estrategias para difundir y debatir en el más amplio ámbito nacional la importancia de profundizar y consolidar la transformación nacional registrada en la década del ‘90.

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES

OBJETIVOS

– Promover el debate y discusión de la sociedad respecto de los grandes temas de transformación del país y su inserción internacional, a través de conferencias, congresos, seminarios, mesas redondas, etc.

– Promover la identificación y vinculación con la trama institucional de la sociedad civil argentina de los distintos sectores que la integran, tales como universidades, fundaciones, sindicatos, instituciones y comunidades religiosas, étnicas y demás organizaciones no gubernamentales a fin de propender su integración armoniosa a las grandes transformaciones operadas y a operarse en el país.

– Asistir en la identificación de los aludidos sectores sociales dentro de la sociedad civil argentina propendiendo a su coordinación y movilización a fin de propiciar una discusión amplia, plural y esclarecedora de las políticas adoptadas por el Gobierno nacional para completar ese proceso transformador.

– Propiciar y motorizar el protagonismo de todos los sectores de la comunidad en la búsqueda de soluciones a problemas estructurales y coyunturales propios de la sociedad a la que pertenecen.

– Proponer la eliminación de las trabas burocráticas que entorpecen el protagonismo de la sociedad civil en la resolución de los problemas comunitarios.

– Asistir al secretario en la coordinación y compatibilización de las tareas de planificación.

PLANILLA ANEXA AL ART. 6

JURISDICCIÓN 20-0-

RECURSOS HUMANOS DE LA ACTIVIDAD 02

Cargo o Categoría

Cant. de cargos y horas cátedra

Retribución del Cargo

Personal Permanente

 

 

Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo Nacional

 

Secretario

1

62.400

Subsecretarios

2

120.000

Subtotal Escalafón

3

182.400

Total Actividad

3

182.400

 

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU85847