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DECRETO 2028/1985

PODER EJECUTIVO

Gabinete Económico Social. Integración. Modificación

del 16/10/1985; publ. 23/10/1985

Visto el decreto 256 del 21 de diciembre de 1983, modificado por sus similares 128/1984 y 1909/1985 , por el cual se creó el Gabinete Económico Social, y

Considerando:

Que la modificación introducida por el aludido decreto 1909/1985 , con el fin de incorporar al mencionado Gabinete a las Secretarías de Hacienda, de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Energía, tuvo como fundamento el hecho de que los titulares de dichas áreas, conforme a lo establecido por el decreto 1230/1985 , toman parte en las reuniones del Gabinete nacional, acordándoles así una participación más activa en la elaboración de las políticas gubernamentales y que, por lo tanto, también debían hacerlo en la coordinación de las que se fijen en materia económica, financiera, social, laboral y de inversiones y servicios públicos.

Que las misiones asignadas a la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental, comprendidas igualmente en el decreto 1230/1985 , se encuentran estrechamente vinculadas con las que desarrolla el Gabinete Económico Social.

Que, en consecuencia, procede ampliar la constitución del precitado organismo con el objeto de incorporar entre sus miembros de carácter permanente al titular de la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental.

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para resolver sobre la materia en orden a las atribuciones conferidas por el art. 86 , inc. 1 de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1 Sustitúyese el párr. 1 del art. 1 del decreto 256 del 21 de diciembre de 1983, según texto fijado por decreto 1909/1985 , por el siguiente:

“Créase el Gabinete Económico Social, que estará integrado, con carácter de miembros permanentes, por los ministros de Economía, de Trabajo y Seguridad Social, de Salud y Acción Social y de Obras y Servicios Públicos, los secretarios general y de Planificación de la Presidencia de la Nación y los secretarios de Hacienda y de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, de Energía del Ministerio de Obras y Servicios Públicos y de Vivienda y Ordenamiento Ambiental del Ministerio de Salud y Acción Social, abierto a la participación de los demás ministros de la Nación y del presidente del Banco Central de la República Argentina. Será secretario del Gabinete Económico Social el subsecretario de Políticas Económicas del Ministerio de Economía”.

Art. 2 Comuníquese, etc.

Alfonsín – Neri – Ferro

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU87003