Tiempo estimado de lectura 1 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
DECRETO 859/1995
MUNICIPALIDADES
Ley orgánica. Modificación
del 7/12/1995; publ. 11/12/1995
CONSIDERANDO:
Que tal como lo establece el art. 129 y la Disposición Transitoria Decimoquinta de la Constitución Nacional, el Honorable Congreso de la Nación convocará a los habitantes de la ciudad de Buenos Aires para que, mediante los representantes que elijan a ese efecto, se dicte el Estatuto Organizativo de sus instituciones.
Que el 10 de diciembre de 1995 caducan los mandatos de la mitad de los concejales actualmente en funciones.
Que ante la necesidad de que el Concejo Deliberante continúe en sus funciones -una de las cuales es ser el órgano de control del actual Departamento Ejecutivo-, sin menoscabo de sus atribuciones, resulta necesario establecer el número de miembros que se estimará al solo efecto del «quórum» y las mayorías previstas en la L 19987 .
Que el Honorable Senado de la Nación dio media sanción a un proyecto de ley que, entre sus previsiones, contempla la situación señalada precedentemente sin que, a la fecha, se haya completado el trámite parlamentario pertinente ni sea probable que ello suceda antes del 10 de diciembre del corriente.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en el art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional .
Por ello,
El vicepresidente de la Nación Argentina en ejercicio del Poder Ejecutivo en Acuerdo General de Ministros decreta:
Art. 1.- Incorpórase como cláusula transitoria de la L 19987 la siguiente:
«Hasta que se constituya el órgano legislativo que prevea el Estatuto Organizativo de la Ciudad de Buenos Aires, el Concejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires continuará en sus funciones, sin menoscabo de sus atribuciones, compuesto sólo por los concejales electos el 3 de octubre de 1993.
«Al solo efecto del cómputo del ‘quorum’ y mayorías previstas en esta ley, el número de miembros será considerado de treinta (30)».
Art. 2.- Dése cuenta al Honorable Congreso de la Nación.
Art. 3.- Comuníquese, etc.
RUCKAUF – BAUZA – BARRA – RODRÍGUEZ – CARO FIGUEROA – MAZZA – CAMILIÓN – CORACH.
Referencias: Const. Nac.: 199-A-26 – L 19987: ALJA 19-B-1031.
Cita digital del documento: ID_INFOJU89975