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Boletín Oficial 16/04/03 INDUSTRIA AUTOMOTRIZ Decreto 901/2003 Facúltase al Ministerio de la Producción para establecer un marco normativo respecto de la tipificación del modelo año de los motovehículos que se comercializan en el país.
Bs. As., 15/4/2003
VISTO el Expediente N° S01:0296608/2002 delRegistro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION,y
CONSIDERANDO:
Que en el Régimen de la Industria Automotrizel modelo año de los vehículos se encuentraconsiderado en una norma específica.
Que dicha normativa está constituida por laResolución ex S.E.D.I. N° 589 de fecha 26de noviembre de 1980, Resolución ex S.I. yM. N° 416 de fecha 29 de diciembre de 1982,Resolución ex S.I. y C. N° 13 de fecha 18 deenero de 1993, Resolución ex S.I. N° 36 defecha 29 de octubre de 1993, Resolución exS.I.C y M. N° 756 de fecha 12 de octubre de1999, Resolución ex S.I.C. N° 270 de fecha21 de diciembre de 2000 y Resolución ex S.I.N° 32 de mayo de 2001.
Que las citadas normas han tenido por finalidadsuperar la situación que en el momentode contracción del mercado al que los vehículosestán destinados origina una acumulaciónde stock, cuya comercialización sóloes posible realizarse en el año posterior conuna consiguiente pérdida del valor del bienque no tiene justificación técnica.
Que al establecerse la normativa modelo añopara los vehículos, se tuvo en cuenta que, sibien en ella se trataba de evitar los perjuiciosseñalados, resultaba necesario salvaguardarlos derechos e intereses de los adquirentes,por lo que se dispuso que lo consignado consignadoen la norma se encontraba condicionadoa una serie de requisitos.
Que, si bien los motovehículos no se encuentrancomprendidos en el Régimen de la IndustriaAutomotriz su naturaleza hace razonableconsiderar la pertinencia del dictado deuna medida similar a la existente en el referidorégimen.
Que por la naturaleza de sus funciones competeal MINISTERIO DE LA PRODUCCIONel dictado de la norma respectiva.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOSJURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIAha tomado la intervención que le competeen virtud de lo dispuesto por la Resoluciónde la PROCURACION DEL TESORO DELA NACION N° 7 de fecha 4 de febrero de2002.
Que el presente decreto se dicta en uso delas facultades emergentes en el artículo 99incisos 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:
Artículo 1° – Facúltase al MINISTERIO DE LAPRODUCCION en razón de la naturaleza de susfunciones a establecer un marco normativo respectode la tipificación del modelo año de los motovehículosque se comercializan en el país.
Art. 2° – Autorízase al Señor Ministro de laProducción a delegar las facultades conferidas porel artículo precedente en un Organismo de suJurisdicción.
Art. 3° – Comuníquese, publíquese, dése a laDirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DUHALDE. Aníbal D. Fernández.
Cita digital del documento: ID_INFOJU71613