Legislación nacional

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DECRETO 954/1996

ASOCIACIONES MUTUALES

Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual. Estructura organizativa. Aprobación

del 16/8/1996; publ. 23/8/1996

Visto la ley 24629 por la cual se definen las normas para la ejecución del presupuesto y la reorganización administrativa, y los decretos 420 de fecha 15 de abril de 1996 y 723 de fecha 3 de julio de 1996, y

Considerando:

Que la ley mencionada precedentemente define la reorganización administrativa del Estado con el objeto de mejorar el funcionamiento y la calidad de los servicios prestados por las distintas jurisdicciones de la Administración Pública nacional.

Que por el art. 8 de la ley supra citada se delega en el Poder Ejecutivo nacional la facultad de fusionar organismos.

Que en el marco de lo precedentemente expuesto se dictó el mencionado decreto 420/1996 , por el cual se crea el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual (Inacym), asignándole las competencias y funciones de los Institutos Nacionales de Acción Cooperativa y de Acción Mutual, los que consecuentemente fueron disueltos.

Que por el art. 6 de la norma en cuestión se estableció un plazo de treinta (30) días corridos desde la asunción del titular del organismo para la presentación de la estructura organizativa del nuevo organismo.

Que por el art. 10 se establece la transferencia del personal de los institutos disueltos.

Que la estructura que se aprueba por el presente no origina incrementos en la cantidad y el costo de los cargos financiados y créditos aprobados para los ex Institutos Nacionales de Acción Cooperativa y de Acción Mutual.

Que ha tomado intervención la Unidad de Reforma y Modernización del Estado, conforme lo determina el decreto 558/1996 .

Que el Poder Ejecutivo nacional se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud del art. 99 inc. 1 de la Constitución Nacional y art. 13 del decreto 977 del 6 de julio de 1995.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Apruébase la estructura organizativa del Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual (Inacym), organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación, de acuerdo al organigrama, objetivos, responsabilidades primarias y acciones, y planta permanente que como anexos I, II y IIIa) forman parte del presente decreto.

Art. 2.– El personal transferido mantendrá, sin solución de continuidad, sus niveles, grados de revista y el suplemento por función ejecutiva que tenían asignada según detalle en planilla anexa al presente artículo y que forma parte integrante del mismo.

Art. 3.– El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con las partidas presupuestarias específicas correspondientes a los ex Institutos Nacionales de Acción Cooperativa y de Acción Mutual del Presupuesto para el Ejercicio 1996, hasta tanto se apruebe la adecuación presupuestaria programática conforme a la reestructuración realizada.

Art. 4.– Comuníquese, etc.

Menem – Rodríguez – Corach

Anexo I

 

 

 

 

Unidad de Auditoría Interna

 

Presidente – Directorio

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Secretaría de Contralor

 

 

 

Secretaría de Coordinación de Recaudación y Legislación

 

 

 

 

Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Cooperativo y Mutual

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gerencia de Fiscalización y Contralor Cooperativo y Mutual

 

Gerencia de Registro y Consultoría Legal

 

Gerencia de Recaudación y Administración

 

Gerencia de Desarrollo Cooperativo y Mutual

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Subgerencia de Educación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anexo II

INSTITUTO NACIONAL DE ACCIÓN COOPERATIVA Y MUTUAL

OBJETIVOS

1. Ejercer en el ámbito nacional las funciones que le competen al Estado como órgano de aplicación del régimen legal establecido por las leyes 20321 y 20337 que regulan el funcionamiento de las asociaciones mutuales y las cooperativas, efectuando el otorgamiento, denegatoria o retiro de la personería jurídica para su funcionamiento, como así también su superintendencia y control público.

2. Fomentar el desarrollo, educación y promoción de la Acción Cooperativa y Mutual en todo el territorio nacional a través de la asistencia técnica, económica y financiera a las entidades y propender a la capacitación de directivos y grupos sociales para el mejoramiento de la eficiencia en la administración y prestación de servicios.

3. Elaborar políticas, objetivos y acciones atinentes al desarrollo y consolidación de las cooperativas y mutuales, como así también la actualización de la legislación aplicable con la participación de los sectores sociales involucrados.

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Cumplir con las funciones asignadas por la ley 24156 , verificando el cumplimiento de políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior, aplicando un modelo de control integral e integrado que deberá abarcar los aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos, recursos humanos y de gestión.

ACCIONES

1. Elaborar el ciclo de auditoría y los planes anuales de auditoría que lo conforman.

2. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior.

3. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados con la elaboración de los informes de auditoría.

4. Comunicar a la autoridad superior y a la Sindicatura General de la Nación los resultados de los informes practicados y de las sugerencias o recomendaciones que se efectúen.

5. Producir informes sobre las auditorías realizadas.

6. Informar a la Sindicatura General de la Nación sobre temas que sean requeridos, en lo atinente al desarrollo de actividades de la Unidad de Auditoría Interna.

7. Evaluar los cambios que se produzcan en el esquema presupuestario del organismo y su incidencia en la formulación de planes. Verificar si se cumple con los niveles presupuestarios previstos y la normativa legal aplicable.

8. Apreciar el comportamiento técnico-profesional en el desarrollo de las acciones de la unidad, evaluando los rendimientos individuales y los resultados por programas.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE RECAUDACIÓN Y LEGISLACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir y asesorar al Directorio del Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual en el cumplimiento de los objetivos y las acciones de recaudación, administración y legalidad.

ACCIONES

1. Proponer proyectos de políticas, planes y programas operativos del área de su competencia, evaluar y compatibilizar sus resultados.

2. Dirigir las acciones de su competencia supervisando el correcto y ágil cumplimiento.

3. Asistir al directorio en la recopilación de información, investigaciones y estudios necesarios para la formulación de los planes del área de su competencia.

GERENCIA DE REGISTRO Y CONSULTORÍA LEGAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir la asesoría jurídica y la actividad registral con jurisdicción nacional de las cooperativas y mutuales.

ACCIONES

1. Llevar el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas y Mutuales.

2. Efectuar el análisis previo de legalidad de las actuaciones vinculadas con inscripciones en el Registro Nacional de Cooperativas y Mutuales.

3. Elaborar proyectos y anteproyectos en materia de legislación cooperativa y mutual.

4. Ejercer la representación y el patrocinio legal del Estado nacional en las causas judiciales en las que el instituto deba tomar intervención y promover las acciones legales pertinentes ante el incumplimiento de la legislación vigente en materia cooperativa y mutual y de los convenios celebrados.

5. Tramitar los pedidos de informes judiciales administrativos o de terceros sobre las cuestiones de su competencia.

GERENCIA DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir, coordinar y supervisar la recaudación del instituto y la gestión de los asuntos administrativo-contables, patrimoniales, de recursos humanos y de servicios de mantenimiento.

ACCIONES

1. Realizar la recaudación del instituto, verificar el cumplimiento de las metas previstas evaluando los desvíos y proponiendo las medidas tendientes a su optimización.

2. Asistir a la autoridad superior en la elaboración del presupuesto, y definir y supervisar los procedimientos administrativo-contables tendientes a la registración y control de su ejecución física y financiera.

3. Dirigir y supervisar el despacho, protocolización y archivo de los actos y actuaciones que tramiten en el instituto como así también todo lo concerniente al servicio de mantenimiento, registraciones contables y patrimoniales.

4. Dirigir la administración y el control de los apoyos financieros y subsidios que otorgue el organismo a las entidades cooperativas y mutuales.

5. Dirigir la administración de los recursos informáticos y determinar las necesidades de equipamiento a fin de satisfacer los requerimientos de la entidad.

6. Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan la carrera administrativa del personal.

SECRETARÍA DE CONTRALOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir y asesorar al Directorio del Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual en el cumplimiento de los objetivos y acciones asignadas en la fiscalización y control de las asociaciones cooperativas y mutuales y la coordinación de las mismas con los organismos provinciales con competencia en la materia.

ACCIONES

1. Proponer proyectos de políticas, planes y programas operativos del área de su competencia, evaluar y compatibilizar sus resultados.

2. Dirigir las acciones de su competencia supervisando el correcto y ágil cumplimiento.

3. Asistir al directorio en la recopilación de información, investigaciones y estudios necesarios para la formulación de los planes del área de su competencia.

GERENCIA DE FISCALIZACIÓN Y CONTRALOR COOPERATIVO MUTUAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir, coordinar y supervisar los planes y programas referentes a fiscalización y control en sus aspectos formal, legal, administrativo y contable.

ACCIONES

1. Ordenar y supervisar las inspecciones administrativas, contables y financieras.

2. Realizar la supervisión de las asambleas para verificar el cumplimiento de la reglamentación vigente, los estatutos sociales, reglamentos y demás normas aplicables.

3. Analizar y controlar la documentación que, legal y reglamentariamente, deben remitir las asociaciones cooperativas y mutuales, y realizar las observaciones e intimaciones pertinentes.

4. Supervisar los procesos de liquidación de las asociaciones cooperativas y mutuales, asegurando el cumplimiento de las normas vigentes en la materia.

5. Supervisar la gestión de las intervenciones en las asociaciones mutuales.

6. Sustanciar la instrucción de sumarios a las asociaciones cooperativas y mutuales que hayan infringido la normativa vigente.

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO COOPERATIVO Y MUTUAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar la planificación de los programas a realizar de acuerdo a las políticas, objetivos y acciones definidas por la autoridad superior. Dirigir, coordinar y supervisar los planes y programas tendientes a la creación de las condiciones adecuadas para la protección, conservación y mejoramiento de los factores que contribuyan a la constitución y fortalecimiento de cooperativas y mutuales.

ACCIONES

1. Proponer proyectos de políticas, planes y programas operativos del área de su competencia, evaluar y compatibilizar sus resultados.

2. Dirigir las acciones de su competencia supervisando el correcto y ágil cumplimiento.

3. Asistir al directorio en la recopilación de información, investigaciones y estudios necesarios para la formulación de los planes del instituto en el área de su competencia.

4. Coordinar los proyectos de planificación de las distintas áreas a fin de efectuar la planificación del instituto.

GERENCIA DE DESARROLLO COOPERATIVO Y MUTUAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir la ejecución y desarrollo de las políticas de promoción cooperativa y mutual.

ACCIONES

1. Fomentar la constitución y participación de cooperativas y mutuales en el marco de la política de desarrollo social vigente.

2. Realizar estudios de factibilidad de proyectos de cooperativas que generen polos de desarrollo con emprendimientos productivos a nivel regional y nacional.

3. Asistir técnicamente la constitución de cooperativas y mutuales.

4. Coordinar las acciones necesarias para elaborar proyectos de afianzamiento o incorporación de nuevos servicios o prestaciones a las asociaciones cooperativas y mutuales.

5. Evaluar los requerimientos de apoyo económico formulados por cooperativas, mutuales e instituciones culturales que realicen actividades afines, considerando su otorgamiento y factibilidad en cada caso.

SUBGERENCIA DE EDUCACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir la ejecución de los programas de estudio y capacitación en materia cooperativa y mutual y su inclusión en la enseñanza sistemática y asistemática.

ACCIONES

1. Proponer programas de capacitación cooperativa y mutual dirigidos a la comunidad en general y en su caso a la comunidad educativa.

2. Promover la práctica de cooperativismo y mutualismo entre instituciones públicas y privadas y la comunidad en general.

3. Entender en la organización de congresos, seminarios, jornadas y eventos relacionados con la promoción y el fomento del cooperativismo y del mutualismo.

4. Asistir a las cooperativas y mutuales de segundo y tercer grado y participar con ellas en la organización de acciones de promoción, integración y capacitación cooperativa y mutual.

5. Proponer programas de educación y capacitación mutual destinados al público en general, cooperativistas, mutualistas y educandos interesados en interiorizarse por el sistema mutual.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU90224