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Decreto 35/2005

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Dase por incluido en los beneficios acordados por el Decreto Nº 1840/86, sus modificatorios y complementarios, con carácter de excepción, al Presidente de la ex Unidad Administrativa de la Secretaría de Comunicaciones, por el período correspondiente al ejercicio de dicho cargo.

Bs.As., 24/1/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0254792/03 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, los Decretos Nros 1840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios, 625 de fecha 21 de agosto de 2003, 1075 de fecha 19 de noviembre de 2003, 721 de fecha 11 de junio de 2004, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 establece la compensación por mayores gastos en que incurran los funcionarios que sean convocados para cumplir funciones de nivel político en el PODER EJECUTIVO NACIONAL y que tengan residencia permanente en el interior del país a una distancia superior a los CIEN (100) kilómetros de la sede de sus funciones.

Que por el Decreto Nº 1075 de fecha 19 de noviembre de 2003, se designó como Presidente de la ex UNIDAD ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, al Señor D.Eduardo Román DI COLA (D.N.I.Nº 10.585.270).

Que el mencionado funcionario acreditó su domicilio en la Provincia de CORDOBA, por medio de su documento de identidad y certificado de domicilio.

Que el funcionario nombrado en el considerando anterior no se desempeñó en uno de los cargos a los que se refiere el Decreto Nº 1840/86, sus modificatorios y complementarios; no obstante ello, en razón de la importancia de las tareas que desempeñó, corresponde asignarle dicho beneficio.

Que conforme las constancias agregadas en las actuaciones mencionadas en el Visto, en relación con la concesión del beneficio de desarraigo de que se trata, la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION ha expresado que queda a criterio del PODER EJECUTIVO NACIONAL decidir, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, el dictado de un decreto de excepción que autorice el pago de la compensación por desarraigo al presidente de la ex UNIDAD ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que por conducto del Decreto Nº 721/04 se suprimió la referida ex UNIDAD ADMINISTRATIVA en la cual el interesado se desempeñaba, consignándose en el Artículo 15 de aquella norma que tal supresión comenzaría a regir a partir de la constitución y puesta en funcionamiento del CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A., circunstancia que ya ha acaecido.

Que a pesar de que la mencionada ex UNIDAD ADMINISTRATIVA ha quedado en la actualidad suprimida, el trámite para el otorgamiento del beneficio de desarraigo del causante en tanto integrante de dicha ex Unidad, fue iniciado en tiempo y forma.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Dase por incluido, con carácter de excepción, en los beneficios acordados por el Decreto Nº 1840/86, sus modificatorios y complementarios, al Presidente de la ex UNIDAD ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Señor D.Eduardo Román DI COLA (D.N.I.Nº 10.585.270), por el período correspondiente al ejercicio del mencionado cargo, a partir de la fecha de posesión del mismo y hasta la disolución de la citada ex UNIDAD ADMINISTRATIVA.

ARTICULO 2º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 56 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Julio M.De Vido.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU75816