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LEY 13560
CONVENIOS
Conferencia Internacional de Trabajo. Convenios. Aprobación
sanc. 9/9/1949; promul. 27/9/1949; publ. 1/10/1949
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley:
Art. 1. Apruébanse los siguientes convenios adoptados por la Conferencia Internacional del Trabajo:
Nº
Año
17
1925
Sobre reparación de los accidentes del trabajo.
19
1925
Sobre igualdad de trato a los trabajadores extranjeros y nacionales en materia de reparación de los accidentes del trabajo.
21
1926
Sobre simplificación de la infección de los inmigrantes a bordo de los barcos.
22
1926
Sobre contrato de ajuste de los marinos.
23
1926
Sobre repatriación de los marinos.
26
1928
Sobre institución de métodos para la fijación de salarios mínimos.
27
1929
Sobre indicación del peso en los grandes bultos transportados por barcos.
29
1930
Sobre trabajo forzoso u obligatorio.
30
1930
Sobre reglamentación de la duración del trabajo en el comercio y las oficinas.
32
1932
Sobre protección contra los accidentes de los trabajadores dockers, ocupados en la carga y descarga de los buques (revisado).
33
1932
Sobre edad de admisión de los niños en los trabajos no industriales.
34
1933
Sobre agencias retribuidas de colocaciones.
41
1934
Sobre trabajo nocturno de las mujeres (revisado).
42
1934
Sobre reparación de las enfermedades profesionales (revisado).
45
1935
Sobre empleo de mujeres en trabajos subterráneos en las minas de todas clases.
50
1936
Sobre reglamentación de ciertos sistemas particulares de reclutamiento de los trabajadores indígenas.
52
1936
Sobre vacaciones anuales pagadas.
Art. 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Teisaire Cámpora Reales González
Cita digital del documento: ID_INFOJU81588