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Decreto 1425/2004
MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Designaciones con carácter transitorio en la Dirección de Sumarios Departamentos de Faltas Sanitarias y de Investigaciones Administrativas.
Bs.As., 18/10/2004
VISTO la Ley Nº 25.827, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa Nº 24 del 25 de abril de 2002, la Resolución del entonces MINISTERIO DE SALUD Nº 233 del 26 de abril de 2002 y el Expediente Nº 1200212.604/035 del registro del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2004.
Que el artículo 7º de la misma establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1º de enero de 2004, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por Decisión Administrativa Nº 24/02 y la Resolución del entonces MINISTERIO DE SALUD Nº 233/02 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.
Que la DIRECCION DE SUMARIOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del citado Ministerio plantea la necesidad de cubrir transitoriamente DOS (2) cargos vacantes financiados Nivel B de su planta permanente, correspondientes al agrupamiento general del escalafón instituido por el Decreto Nº 993/91 (T.O.1995) y sus modificatorios, conforme a la estructura aprobada por la Decisión Administrativa y la Resolución Ministerial señaladas precedentemente.
Que imprescindibles razones de servicio hacen necesario formalizar la cobertura transitoria de los cargos mencionados, los cuales resultan de vital importancia para contribuir al normal desenvolvimiento de las acciones que tiene asignadas dicha Dirección en el ámbito del referido organismo, exceptuándolo a tal efecto de la restricción contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y de lo establecido en el Título III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O.1995 y sus modificatorios.
Que los profesionales propuestos para cubrir las vacantes referidas cuentan con las condiciones de experiencia e idoneidad habilitantes para cumplir eficientemente con las tareas específicas de los cargos a ocupar.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827 y de lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Desígnase con carácter transitorio en el ámbito de la DIRECCION DE SUMARIOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, al personal que se detalla en la planilla que como Anexo I se incorpora al presente, en el cargo vacante que para cada caso se indica.Las designaciones mencionadas se disponen con carácter de excepción a la restricción contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y a lo establecido en el Título III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O.1995 y sus modificatorios.
ARTICULO 2º Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, Decreto Nº 993/91 T.O.1995 y sus modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la designación transitoria.
ARTICULO 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Ginés M.González García.
Cita digital del documento: ID_INFOJU77317