Legislación nacional

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Buenos Aires, 17 de febrero de 2000

Buenos Aires, 17 de febrero de 2000.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º: Condónase al Centro Juvenil Apostólico la deuda por Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley Nº 23.514, que mantiene con el Gobierno de la Ciudad, correspondiente al inmueble sito en la calle Dávila Nº 775, partida Nº 0140296/01.

Art. 2º: Comuníquese, etc.

CRISTIAN CARAM

RUBÉN GÉ

LEY N° 338

Sanción: 17/02/2000

Promulgación: Decreto Nº 271/2000 del 13/03/2000

Publicación: BOCBA N° 906 del 21/03/2000

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU81185