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Decreto 561/2004

MINISTERIO DE SALUD
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Dase por designado con carácter transitorio en el ámbito de la Subsecretaría de Programas de Prevención y Promoción de la Secretaría de Programas Sanitarios, Director de Promoción y Protección de la Salud.

Bs.As., 30/4/2004
VISTO la Ley N° 25.827, los Decretos Nros.491 del 12 de marzo de 2002 y 1140 del 28 de junio de 2002, la Decisión Administrativa N° 24 del 25 de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 233 del 26 de abril de 2002 y el Expediente N° 12002257/046 del registro del citado Ministerio, y CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2004.

Que el artículo 7° de la Ley 25.827 establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por Decisión Administrativa N° 24/02 y la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 233/ 02 se aprobó la estructura organizativa del citado Ministerio de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 del Decreto N° 357/02 y sus modificatorios.

Que mediante el Decreto N° 1140/02 se estableció que los titulares de las jurisdicciones y organismos descentralizados cuyas estructuras organizativas hayan sido aprobadas en el marco de lo dispuesto en el referido artículo 19 del citado Decreto, podrán solicitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL la cobertura transitoria de cargos incluidos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) instituido por el Decreto N° 993/91 (T.O.1995) y sus modificatorios, debiendo elevar las respectivas propuestas de conformidad con lo dispuesto en el aludido Decreto.

Que en el ámbito del referido Ministerio se encuentra vacante el cargo de Director de Promoción y Protección de la Salud Nivel B Grado 0 —Función Ejecutiva de Nivel III—, del agrupamiento general del escalafón instituido por el Decreto N° 993/91 —T.O.1995—, correspondiente al nivel de conducción superior, conforme con la estructura aprobada por la Decisión Administrativa y la Resolución Ministerial señaladas en el VISTO del presente, con motivo de la renuncia del doctor D.Ernesto Horacio DE TITTO, quien fuera designado en dicho cargo, con carácter transitorio, mediante el Decreto N° 979 del 30 de octubre de 2003.

Que atento a la naturaleza de dicho cargo y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la unidad orgánica a la que corresponde el cargo en cuestión, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la citada Ley y de las disposiciones del Título III, Capítulo III y del artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 (T.O.1995) y sus modificatorios.

Que la cobertura del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 7° y 14 de la Ley N° 25.827 y de lo dispuesto por los Decretos Nros.491/02, artículo 1° y 1140/02.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Dase por designado con carácter transitorio en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION de la SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS, Director de Promoción y Protección de la Salud Función Ejecutiva de nivel III, al doctor D.Héctor Saúl Gervacio FLORES (D.N.I.N° 16.591.734), Nivel B Grado 0, a partir del 1° de enero de 2004.La designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a las disposiciones del Título III, Capítulo III y del artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 (T.O.1995) y sus modificatorios, y a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 25.827.

ARTICULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme con los sistemas de selección previstos en el Título III, Capítulo I y III del Anexo I del Decreto N° 993/91 (T.O.1995) y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.

ARTICULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la jurisdicción.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Ginés M.González García.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU78201