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Decreto Nº 644/2004
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
Designaciones en la planta transitoria de la Secretaría de Seguridad Interior.
Bs.As., 21/5/2004
VISTO el Expediente Nº 7783/04 del registro de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 25.827 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2004, las Decisiones Administrativas Nº 2 del 14 de enero de 2004 y Nº 358 del 30 de diciembre de 2003, los Decretos Nº 159 de fecha 5 de junio de 2003, Nº 993 del 27 de mayo de 1991 T.O.1995, Nº 894 del 11 de julio de 2001, Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y Nº 601 del 11 de abril de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 7º de la Ley mencionada en el VISTO establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de aquella, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la decisión Administrativa Nº 2/04 distribuyó los créditos presupuestarios aprobados por la Ley Nº 25.827 incluyendo las vacantes financiadas existentes en cada Jurisdicción o entidad de la Administración Nacional.
Que el artículo 1º del Decreto Nº 894/01, dispone que el desempeño de una función o cargo remunerado, bajo cualquier modalidad en la Administración Nacional es incompatible con la percepción de un beneficio provisional o haber de retiro, proveniente de cualquier régimen de previsión nacional provincial o municipal.
Que a raíz de dicha incompatibilidad, la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR debió prescindir de la prestación de servicios de personal retirado, de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, altamente calificado para el desarrollo de las acciones inherentes a la seguridad interior.
Que en el Decreto Nº 159/03 se fijan los lineamientos de las políticas públicas en materia de seguridad interior, a través de las misiones y funciones establecidas.
Que para el logro de los objetivos asignados en el mencionado Decreto, respecto de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, resulta imprescindible posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados en dicho ámbito, en la planta de personal transitorio.
Que en consecuencia, resulta necesario exceptuar a la citada Secretaría de las disposiciones del artículo 7º de la Ley Nº 25.827, a fin de que pueda contar con los recursos humanos disponibles para el cumplimiento de las responsabilidades encomendadas, en el marco de las Leyes Nº 24.059 de Seguridad Interior y Nº 25.520 de Inteligencia Nacional.
Que la cantidad de cargos cuyo descongelamiento se dispone, no excede al dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 2/04 y en consecuencia no implican asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la Decisión Administrativa Nº 358 del 30 de diciembre de 2003 exceptuó a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS de la prohibición de cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la Ley Nº 25.725 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2003.
Que la cobertura de las vacantes descongeladas por la mencionada medida se vio dificultada por la fecha en que comenzó a tener efectos, ya que ello se produjo el 30 de diciembre de 2003.
Que resulta necesario cubrir SIETE (7) cargos vacantes financiados de la planta transitoria de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en el artículo 3º del Decreto Nº 1019 del 3 de noviembre de 2000, acreditándose que las personas a designar por el presente no se encuentran comprendidas en la prohibición establecida por el artículo 10 del Anexo I de la Decisión Administrativa Nº 5 del 31 de enero de 2000.
Que, asimismo, se han cumplimentado las prescripciones del artículo 6º del Decreto Nº 601/02, aclaratorio de su similar Nº 491/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827 y el artículo 1º del Decreto Nº 491/02 aclarado por su similar Nº 601/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Exceptúase a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 25.827, a efectos de cubrir los cargos vacantes de la planta transitoria de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS detallados en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente artículo.
ARTICULO 2º Desígnanse en la planta transitoria de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, a las personas que se detallan en el Anexo II del presente, en los cargos y con las funciones que para cada caso se indican.
ARTICULO 3º El gasto que demande la implementación de la presente medida será afectado a las partidas específicas del presupuesto vigente, de la Jurisdicción 40.03 SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Gustavo Beliz.
NOTA:Este Decreto se publica sin Anexos.
Cita digital del documento: ID_INFOJU78292