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Ley 25.936
DIA NACIONAL DEL DONANTE VOLUNTARIO DE SANGRE
PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Declárase al 9 de noviembre de cada año.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Declárase el 9 de noviembre de cada año Día Nacional del Donante Voluntario de Sangre.
ARTICULO 2º Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a incorporar en sus respectivos calendarios escolares el día 9 de noviembre como jornada de reflexión sobre el tema a que se refiere el artículo anterior, así como sobre la vida y aporte científico del Dr.Luis Agote.
ARTICULO 3º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
REGISTRADO BAJO EL Nº 25.936 EDUARDO O.CAMAÑO. MARCELO A.GUINLE. Eduardo D.Rollano. Juan Estrada.
Decreto 1263/2004
Bs.As., 27/9/2004
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 25.936 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Aníbal D.Fernández.
Cita digital del documento: ID_INFOJU73896