Tiempo estimado de lectura 0 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
LEY 18706
ADUANA
Industria naval. Franquicia aduanera
sanc. 13/06/1970; promul. 13/06/1970; publ. 15/06/1970
En ejercicio de las facultades del Poder Legislativo y Ejecutivo,
La Junta de Comandantes sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1.– Modifícase el art. 1 de la ley 18138, incorporando al final de su texto, sustituyendo el punto por una coma, lo siguiente:
Salvo en cuanto a la franquicia aduanera que otorga, la cual subsistirá hasta el día 20 de febrero de 1970 inclusive.
Art. 2.– Lo dispuesto en el artículo precedente será aplicable retroactivamente a la fecha de entrada en vigor de la ley 18138 .
Art. 3.– La presente ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4.– Comuníquese, etc.
Gnavi – Lanusse – Rey – Cáceres Monié – Dagnino Pastore
Cita digital del documento: ID_INFOJU82063