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LEY 24261
IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS
Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional. Infracciones. Amnistía
sanc. 13/10/1993; promul. 11/11/1993; publ. 17/11/1993
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley:
Art. 1.- Amnistíase a las personas que a la fecha de la promulgación de la presente ley hubieren incurrido en las infracciones previstas en los arts. 35 , 36, 37, 38 y 39 de la Ley de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional n. 17671 sustituidos por el art. 1 de su similar 22435 .
Art. 2.- La autoridad de aplicación arbitrará las medidas conducentes a regularizar la situación de aquellas personas beneficiadas por esta ley, fijando asimismo un plazo prudencial para su concurrencia a tales efectos.
Art. 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
PIERRI – MENEM – PEREYRA ARANDÍA DE PÉREZ PARDO – PIUZZI.
Referencias: L 17671: ALJA -A-666 – L 22435: 198-A-261.
Cita digital del documento: ID_INFOJU83445