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12/04/2004
LEY 24874
INDÍGENAS
Poblaciones indígenas del mundo. Declaración de interés nacional, cultural, educativo y legislativo
sanc. 3/9/1997; promul. 23/9/1997; publ. 29/9/1997
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley:
Art. 1. Declárase de interés nacional, cultural, educativo y legislativo, el Decenio Internacional de Las Poblaciones Indígenas del Mundo, de la Organización de las Naciones Unidas.
Art. 2. El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Cultura y Educación, determinará en los contenidos básicos comunes de la currícula de los niveles de educación general básica y polimodal, la divulgación de los aspectos sustantivos de la legislación indígena, incluyendo el art. 75 , inc. 17 de la Constitución Nacional y las actividades del decenio reforzando los conocimientos sobre las culturas y la realidad económico-social de los pueblos indígenas.
Art. 3. Invítase a los gobiernos provinciales y municipios de la Nación a adecuar los planes de estudio del área educativa en consonancia con la presente ley.
Art. 4. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Pierri Menem Pereyra Arandía de Pérez Pardo Piuzzi
Cita digital del documento: ID_INFOJU83722