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Buenos Aires, 23 de septiembre de 1999
Buenos Aires, 23 de septiembre de 1999.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º – Se prorroga el plazo para la reglamentación de la Ley 123 en ciento ochenta (180) días a partir de la publicación de la presente con relación a actividades, proyectos y emprendimientos categorizados como de mediano y bajo impacto ambiental.
Art. 2º – Comuníquese, etc.
ANIBAL IBARRA
MIGUEL ORLANDO GRILLO
LEY N° 256
Sanción: 23/09/99
Promulgación: De Hecho del 21/10/99
Publicación: BOCBA N° 816 del 10/11/99
Cita digital del documento: ID_INFOJU81145