Tiempo estimado de lectura 1 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021
JURISPRUDENCIAReglamento de copropiedad. Cumplimiento. Parámetros para regular honorarios
En el marco de un juicio por cumplimiento de reglamento de contrato, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 17 de abril de 2017.
AUTOS Y VISTOS:
A fin de valorar los trabajos realizados en autos por los beneficiarios de la regulación apelada, la ley 21.839 como así su modificatoria ley 24.432, establecen un conjunto de reglas generales: naturaleza, complejidad del asunto y resultado obtenido, que constituyen la guía pertinente para llegar a una regulación justa y razonable.
Así las cosas, monto de la estimación que no fuera objetada, de conformidad con lo establecido por el decreto ley 7887/55, los artículos 1, 6, 7, 19, 37 y 38 de la ley 21.839 y concordantes de la 24.432, corresponde modificar la regulación de fs. 516 y se fijan los honorarios del letrado apoderado de la parte demandada, Dr. J. C. M., en PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 55.000); los del letrado apoderado del consorcio actor, Dr. A. G.M.S., en PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000)y se confirman los fijados a favor del Dr. J. E. M. B. , los del Dr. F. M. y los del perito ingeniero, D. D.
Asimismo, por su labor en la alzada, se fijan los honorarios del Dr. A. S., en PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS ($ 9500) y los del Dr. M., en PESOS DIECINUEVE MIL ($ 19.000)(arts.1, 6, 7, 14 de la 21.839 y concordantes de la 24.432), sumas que deberán ser abonadas en el plazo de diez dias.
Comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la C.S.J.N. en la forma de práctica y devuélvase. El Dr. Sebastián Picasso no interviene por encontrarse en uso de licencia (art. 109 del RJN).-
HUGO MOLTENI
RICARDO LI ROSI
015845E
Cita digital del documento: ID_INFOJU112508