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JURISPRUDENCIA
San Luis, 05 de junio de 2018.
VISTO: El Recurso de Casación formulado a fs. Sub 01/15 por el Señor Defensor Particular Dr. Rodolfo Luis Mercau;
Y CONSIDERANDO:
I.Que el marco de agravios introducidos por el Señor Defensor Particular se dirigen a cuestionar la Sentencia Nº 568, de fecha ocho de mayo de 2018, por la que el Sr. Juez del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Luis resolvió: “CONDENAR a FEDERICO AGUSTÍN PIETRONAVE TORRES, D.N.I. Nº … de circunstancias personales obrantes en autos, a la pena de TRES (03) AÑOS de PRISIÓN en SUSPENSO (art. 26 del CP) y MULTA de PESOS SETENCIENTOS ($700), como autor responsable del delito de Art. 172 (estafa en perjuicio de David Enrique Gillio, Art. 277.1. c) con la agravante del apart. 3.b.) (Encubrimiento agravado por ánimo de lucrativo), Art. 289 inc. 3 (falsificación chapa patente) y Art. 296 en función del Art. 292 2do párrafo (uso de documentos públicos falsos destinados a acreditar titularidad y habilitación para circular de vehículos automotores) todos del Código Penal, en concurso ideal.”. Que fundando el recurso de casación interpuesto, invoca el motivo previsto por la normativa procesal a tenor del arts. 456 1ro., 2do y cc. del C.P.P.N. Que en tal sentido, y en lo esencial, se agravia el recurrente con el dictado de la Sentencia nº 568, entre demás alegaciones que efectúa en sus memoriales y que se tienen aquí por reproducidas en mérito a la brevedad me remito a ello. Y que se tienen presente sin reproducir in extenso, cuya interposición tiene como finalidad se revoque esta decisión por la arbitrariedad que conlleva una vez firme la Sentencia nº 568.
II. Que en el caso de autos se cumplen, en principio, los requisitos formales para la admisibilidad de la vía recursiva intentada (art. 456 ss. y ccdtes. del C.P.P.N.).
III. Que en consecuencia corresponde elevar las actuaciones a la Excma. Cámara Nacional de Casación Penal en conjunto a la causa Nº FMZ 3360/2014/TO1 caratulada “PIETRONAVE TORRES, FEDERICO AGUSTIN S./ USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART. 296)” con CINCO cuerpos en 883 fojas, a los fines de que se resuelva la impugnación sustanciada y aplicabilidad de la doctrina federal.
El Sr. Juez RESUELVE:
1. CONCEDER el Recurso de Casación planteado por el Señor Defensor Particular en contra del Sentencia Nº 568 que condeno a FEDERICO AGUSTÍN PIETRONAVE TORRES, D.N.I. Nº … a la pena de TRES (03) AÑOS de PRISIÓN en SUSPENSO (art. 26 del CP), como autor material y responsable del delito del Art. 172 (estafa en perjuicio de David Enrique Gillio, Art. 277.1. c) con la agravante del apart. 3.b.) (Encubrimiento agravado por ánimo de lucrativo), Art. 289 inc. 3 (falsificación chapa patente) y Art. 296 en función del Art. 292 2do párrafo (uso de documentos públicos falsos destinados a acreditar titularidad y habilitación para circular de vehículos automotores) todos del Código Penal, en concurso ideal.
2. ELEVAR las actuaciones en la forma de estilo y EMPLAZAR a los interesados a que comparezcan a mantenerlo ante el Tribunal de Alzada en el término de OCHO (8) DIAS desde que las mismas tuvieren ingreso en aquél.
REGISTRESE, PROTOCOLICESE, NOTIFIQUESE Y OFICIESE.
RAUL ALBERTO FOURCADE
JUEZ DE CÁMARA
Ante Mí
ALEJANDRA M. SUAREZ
SECRETARIA DE CÁMARA
030452E
Cita digital del documento: ID_INFOJU118398