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JURISPRUDENCIAAdmisión de pruebas. Recurso de queja por apelación denegada. Recurso de casación. Rechazo. Cuestión federal
Se declara inadmisible el recurso de queja por denegación del recurso de casación interpuesto contra la decisión que aceptó las pruebas ofrecidas por la parte acusadora, por cuanto no se advierte la existencia de una cuestión federal adecuadamente fundada.
Buenos Aires, 10 de julio de 2018.-
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver la admisibilidad del recurso de queja interpuesto por la defensa particular de Ricardo Lona (fs. 6/16).
Y CONSIDERANDO:
1°) Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Salta, resolvió hacer lugar -parcialmente- al recurso de aclaratoria interpuesto por la defensa de Ricardo Lona, en tanto aceptó las pruebas ofrecidas por las partes acusadoras (fs. 2/3).
2°) Que, contra aquella decisión interpuso recurso de casación el defensor particular del nombrado (fs. 20/31 vta.), cuya denegación (fs. 4 y vta.), motivó la queja que así se analiza.
3°) Que la presentación directa que se examina no puede prosperar, toda vez que la parte recurrente limita la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio cuya impugnación postula, todo lo cual no alcanza para desvirtuar el razonamiento que, sobre el particular, realizó el tribunal oral y cuyos fundamentos no logra rebatir. Es que, se funda sólo en afirmaciones dogmáticas que, lejos de sustentar debidamente el reclamo, conducen de modo inexorable a la declaración de inadmisibilidad de la impugnación.
En esta línea, la sola alegación de la violación a las garantías constitucionales no es suficiente para configurar la existencia de una cuestión federal.
En definitiva, de los términos en que ha sido interpuesto el remedio intentado, no se advierte la existencia de una cuestión federal adecuadamente fundada que permita habilitar la competencia de esta Cámara como tribunal intermedio conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re «Di Nunzio» (Fallos: 328:1108).
Por lo expuesto, se impone declarar inadmisible la vía de hecho intentada.
En mérito de las razones expuestas, el tribunal
RESUELVE:
DECLARAR INADMISIBLE el recurso de queja interpuesto por la defensa particular de Ricardo Lona, CON COSTAS (arts. 478, 530 y 531 del CPPN).
Regístrese, comuníquese, notifíquese y remítase al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Salta.
Sirva la presente de atenta nota de envío.
ALEJANDRO W. SLOKAR
MARIANO H. BORINSKY
MARIA XIMENA PERICHON
SECRETARIA DE CÁMARA
NOTA: Para dejar constancia que ANEGELA E. LEDESMA no suscribe por hallarse en uso de licencia. (Art. 109 R.J.N.)
MARIA XIMENA PERICHON
SECRETARIA DE CÁMARA
Quispe, Norberto s/queja – Cám. Nac. Casación Penal – Sala III – 20/05/2016 – Cita digital IUSJU010501E
033785E
Cita digital del documento: ID_INFOJU124464