A raíz de la denuncia presentada por la apoderada de titulares de varias marcas, por la que indicó que en algunos centros comerciales se estaba comercializando indumentaria, accesorios y calzados presumiblemente apócrifos, se suscitó una contienda negativa de competencia entre la justicia nacional en lo criminal y correccional federal y la justicia en lo penal, contravencional y de faltas, ambas de la ciudad de Buenos Aires.
La Corte resolvió que sea la justicia federal la que continúe con la investigación. Consideró que había que atenerse a los dichos de la denunciante en tanto no se encontraban desvirtuados por otras circunstancias de la causa y que el magistrado declinante había encuadrado los hechos en los términos de la ley 22.362, y que por el artículo 33 de la referida ley se establece expresamente la competencia federal para intervenir en el juzgamiento de tales delitos.
Csjn. competencia de la justicia federal en casos de falsificación de marcas
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