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DECRETO 1094/1996

MEDIO AMBIENTE

ORGANISMOS DEL ESTADO

Comité Ejecutivo para el Saneamiento de la Cuenca Hídrica Matanza – Riachuelo. Supresión

del 26/9/1996; publ. 3/10/1996

Visto los decretos 1093 del 24 de mayo de 1993, y 482 del 20 de setiembre de 1995, y

Considerando:

Que por el decreto 482/1995 el Poder Ejecutivo nacional creó en el ámbito de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Presidencia de la Nación el Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza – Riachuelo.

Que dicho Comité Ejecutor tiene por objetivo llevar a cabo el Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza – Riachuelo.

Que el referido Comité Ejecutor debe contar con la estructura necesaria para cumplir con su cometido.

Que por el precitado decreto 482/1995 fue dejado sin efecto el decreto 1093/1993 .

Que consecuentemente corresponde suprimir el organismo creado por dicha norma, Comité Ejecutivo para el Saneamiento de la Cuenca Hídrica Matanza – Riachuelo, disponiéndose lo pertinente para su liquidación.

Que han tomado la intervención que les compete la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Presidencia de la Nación y la Secretaría de Hacienda y la Subsecretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del art. 99 , inc. 1) de la Constitución Nacional y art. 53 de la Ley de Contabilidad.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Declárase en estado de liquidación el Comité Ejecutivo para el Saneamiento de la Cuenca Hídrica Matanza/Riachuelo creado por decreto 1093 del 24 de mayo de 1993, y apruébase el acta del citado Comité Ejecutivo de fecha 12 de octubre de 1995, que en copia autenticada forma parte como anexo al presente decreto.

Art. 2.– Reasígnanse las partidas presupuestarias correspondientes a la Subsecretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos relativas al programa 46 – inc. 4 – principal 2 – parcial 2 – proyecto 4 “Saneamiento de la cuenca del Río Matanza – Riachuelo” en favor de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Presidencia de la Nación, jurisdicción 2003 – servicio 317 – programa 17 – proyecto 01 “Comité ejecutor del plan de gestión ambiental y de manejo de la Cuenca Hídrica Matanza – Riachuelo”, de acuerdo a las planillas anexas que forman parte del presente decreto.

Art. 3.– El Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza – Riachuelo creado por el art. 1 del decreto 482 del 20 de setiembre de 1995, además de las establecidas en el art. 3 del decreto citado, tendrá las siguientes atribuciones:

a) Coordinar las acciones interjurisdiccionales de los distintos organismos competentes de la Administración Pública nacional, provincial o municipal involucrados en el proceso de saneamiento de la Cuenca Hídrica Matanza – Riachuelo;

b) Dictar su reglamento interno de funcionamiento, determinar los aportes en recursos humanos e infraestructura administrativa que deberá llevar a cabo cada una de las jurisdicciones territoriales representadas en el Comité Ejecutor, procediendo, en su caso a su respectiva contratación;

c) Realizar las tareas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 1 de este decreto, inclusive aquellas tendientes a la conclusión de los actos administrativos en trámite, y

d) Llevar a cabo cualquier tipo de acto jurídico o procedimiento necesario o conveniente para ejecutar el Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza/Riachuelo, en particular implementando las acciones necesarias a fin de adecuar al mismo las obligaciones contractuales de Aguas Argentinas S.A. referidas a la expansión de redes y plantas en el área de la cuenca Matanza – Riachuelo.

Art. 4.– Encomiéndase al Comité Ejecutor creado por el art. 1 del decreto 482 del 20 de setiembre de 1995 que se encargue de la gestión y administración, con carácter de Unidad Ejecutora Central, de los fondos tanto nacionales como internacionales necesarios para llevar a cabo el Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza/Riachuelo.

Art. 5.– Transfiérese el uso, a título gratuito, al Comité Ejecutor, con destino a la sede de sus oficinas, de los inmuebles identificados como unidades funcionales ns. dos de Planta Baja, tres del Primer Piso y cuatro del Segundo Piso y unidades complementarias de Planta Sótano ns. II, III, IV y V del edificio sito en la calle San Martín ns. 318, 320, 322 y 326 de Capital Federal (matrículas F. R. -1575/2 [compl. II, III, IV y V], F. R. -1575/3 y F. R. -1575/4) así como del mobiliario que los adornan.

Art. 6.– Comuníquese, etc.

Menem – Rodríguez – Fernández – Corach

Nota: Este decreto se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la sede central de esta dirección nacional (Suipacha 767, Capital Federal).

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU84999