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DECRETO 1272/1999

SERVICIO EXTERIOR

Consulado General en Vancouver, Canadá. Creación

del 01/11/1999; publ. 08/11/1999

Visto el decreto 2096 del 10 de octubre de 1991, lo informado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, y

Considerando:

Que por el decreto mencionado en el Visto se creó el Consulado General de la República en la ciudad de Toronto, Provincia de Ontario, Canadá.

Que por el mismo decreto se reasignó circunscripción consular al Consulado General de la República en la ciudad de Montreal, Canadá.

Que a partir del 1 de abril de 1999 Canadá cuenta con su división política con un nuevo Territorio Federal denominado Nunavut.

Que se han reallizado estudios pertinentes que concluyen en la necesidad de establecer un Consulado General en la ciudad de Vancouver, Canadá, en razón de la importancia que la misma representa para los intereses económicos, culturales y políticos de nuestro país.

Que de acuerdo a lo informado por las áreas competentes del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, se encuentran dadas las condiciones objetivas que justifican el establecimiento de una Oficina Consular en la ciudad de Vancouver, Canadá, con categoría de Consulado General.

Que se ha obtenido el consentimiento del Estado receptor, conforme lo establece el art. 4 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada por ley 17081 .

Que, en consecuencia, a fin de implementar dicha medida se hace necesario redistribuir la corcunscripción consular correspondiente al Consulado General de la República en la ciudad de Toronto y al Consulado General de la República en la ciudad de Montreal, Canadá.

Que el Poder Ejecutivo Nacional se encuentra facultado para dictar esta medida en virtud de lo dispuesto en el art. 99 inc. 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

El Presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Créase el Consulado General de la República en la ciudad de Vancouver, Canadá, cuya circunscripción comprenderá las Provincias de British Columbia y Alberta, Territorio del Yukón y Terrotorio del Noroeste.

Art. 2.– Asígnase al Consulado General de la República en la ciudad de Toronto, Canadá, la siguiente circunscripción: Provincias de Ontario (excepto la Región de la Capital Nacional de Ottawa-Carleton), Manitoba, Saskatchewan y Nunavut.

Art. 3.– Asígnase al Consulado General de la República en la ciudad de Montreal, Canadá, la siguiente circunscripción: Provincias de Quebec, Nova Scotia, Newfoundland, New Brunswick, Prince Edward Island y la Región de la Capital Nacional de Ottawa-Carleton.

Art. 4.– Extiéndanse las Cartas Patentes respectivas conforme las circunscripciones consulares asignadas a las Oficinas Consulares en Vancouver, Toronto y Montreal.

Art. 5.– El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Art. 6.– Comuníquese, etc.

Menem – Di Tella

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU85533