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DECRETO 19/1998
BECAS
Régimen. Modificación. Veto parcial
del 08/01/1998; publ. 13/01/1998
Visto el proyecto de ley registrado bajo el número 24924 , sancionado por el Honorable Congreso de la Nación el 9 de diciembre de 1997, y
Considerando:
Que los arts. 2 y 4 del mencionado proyecto de ley establecen nuevos criterios en cuanto a la base de cálculo de las becas, escala de montos según el nivel cursado y los límites de edad.
Que esta modificación conlleva un aumento significativo de la erogación presupuestaria correspondiente al Programa 33 de la jurisdicción 70 de la Ley General de Gastos y Cálculos de Recursos de la Administración Nacional.
Que en estas condiciones el proyecto de ley n. 24924 no permitiría llevar a cabo la políticas establecidas por el Ministerio de Cultura y Educación, fijadas a través del mencionado Programa 33.
Que por los fundamentos expuestos corresponde observar el art. 3 del proyecto de ley registrado bajo el n. 24924.
Que la presente medida no altera el espíritu ni la unidad del proyecto sancionado por el Honorable Congreso de la Nación.
Que el Poder Ejecutivo nacional se encuentra facultado para dictar el presente en virtud de lo dispuesto por el art. 80 de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina en Acuerdo General de Ministros decreta:
Art. 1.– Obsérvase el art. 3 del proyecto de ley registrado bajo el n. 24924.
Art. 2.– Con la salvedad establecida en el artículo precedente, cúmplase, promúlgase y téngase por Ley de la Nación el proyecto de ley registrado bajo el n. 24924 .
Art. 3.– Dése cuenta al Honorable Congreso de la Nación.
Art. 4.– Comuníquese, etc.
Menem – Rodríguez – González – Mazza – Fernández – Granillo Ocampo – Domínguez
Referencias: Const. Nac.: 199-A-26 – Ley de Presupuesto -L -: RLA 6-3 – L 24924: 19-A-23.
Cita digital del documento: ID_INFOJU86957