Tiempo estimado de lectura 2 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
DECRETO 846/1991
TIERRAS FISCALES
Comisión de Tierras Fiscales Nacionales – Programa Arraigo. Creación. Régimen
del 02/05/1991; publ. 08/05/1991
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Créase en el ámbito de la Presidencia de la Nación la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales – Programa Arraigo.
Art. 2.– La Comisión que se crea por el artículo anterior tendrá la siguiente misión y funciones:
a) Realizar el relevamiento nacional de las tierras fiscales ocupadas por asentamientos irregulares.
b) Realizar censos para determinar la situación socio-económica de los grupos sociales destinatarios del programa.
c) Coordinar su accionar con los entes nacionales, provinciales y/o municipales competentes en la materia.
d) Proponer la celebración de convenios de colaboración recíproca con asociaciones profesionales, organizaciones sociales, organismos internacionales de cooperación y universidades, tendientes a la realización de proyectos globales de capacitación, reordenamiento urbano y vivienda.
e) Organizar talleres de capacitación orientados a la población que constituye el objetivo del presente programa, con la participación de otros organismos nacionales, invitando a las provincias, municipalidades y otras organizaciones sociales a integrarse a los mismos.
f) Realizar encuentros nacionales, regionales y seminarios para la compatibilización de las acciones a desarrollar.
g) Evaluar las posibilidades de complementación del programa con otros nacionales, provinciales, municipales o de organizaciones privadas, en marcha y/o a implementar, con miras a optimizar sus resultados.
h) Impulsar, cuando corresponda, todas aquellas acciones tendientes a lograr la regularización dominial de las tierras fiscales nacionales mediante su transferencia a favor de los actuales ocupantes.
i) Promover la participación de las organizaciones sociales destinatarias del programa, mediante la realización de mesas de concertación nacionales, provinciales o de distritos.
Art. 3.– (Texto según decreto 448/1993, art. 1 ) La Comisión de Tierras Fiscales Nacionales – Programa Arraigo estará integrada por un (1) presidente, un (1) secretario ejecutivo y seis (6) vocales.
Art. 3.- (Texto originario) La comisión que se crea por el artículo anterior estará integrada por un (1) presidente, un (1) secretario ejecutivo y tres (3) vocales. Todos ellos desempeñarán sus cargos con carácter ad honorem.
Art. 4.– (Texto según decreto 2535/1991, art. 1 ) Desígnase a la señorita Claudia Elena Bello (D.N.I. 14.431.373), para presidir la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales – Programa Arraigo-, quien a su vez designará a los demás integrantes de la misma. Asimismo, la referida funcionaria, tendrá la facultad de designar asesores ad honorem para el seguimiento y coordinación de las actividades emergentes del citado programa en las jurisdicciones provinciales.
Art. 4.- (Texto originario) Desígnase a la Subsecretaría de Acción Política del Ministerio del Interior para presidir la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales – Programa Arraigo, quien designará a los demás integrantes de la misma.
Art. 5.– La Comisión podrá requerir informes y efectuar consultas a cualquier área de la Administración nacional que tenga vinculación con los temas de su competencia, pudiendo asimismo establecer contacto con representantes del sector privado en cumplimiento de sus fines.
Art. 6.– Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto serán atendidos provisionalmente y hasta tanto se arbitren los específicos, con créditos disponibles del presupuesto general de la Administración Pública nacional, Jurisdicción 20 – Presidencia de la Nación.
Art. 7.– Comuníquese, etc.
Menem – Mera Figueroa
Cita digital del documento: ID_INFOJU89928