Legislación nacional

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11/08/2003

LEY 23797

SERVICIO EXTERIOR

Agentes de categoría “A”. Remuneraciones y adicionales

sanc. 15/8/1990; promul. de hecho 10/9/1990; publ. 14/9/1990

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley:

Art. 1.– Los miembros del servicio exterior de la Nación de categoría “A”, durante el desempeño de sus funciones en la República percibirán las mismas remuneraciones y adicionales que se establezcan para el procurador general de la Nación; y, en orden decreciente de un cinco por ciento (5%) por categoría respecto de aquélla, las restantes mencionadas en el art. 3 de la ley 20957.

Art. 2.– El gasto que demande la aplicación de la presente ley será atendido con cargo a los créditos asignados en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de acuerdo a su naturaleza.

Art. 3.– Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Pierri – Menem – Pereyra Arandía de Pérez Pardo – Flombaum

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU83266