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Decreto 110/2005
EXENCION DE GRAVAMENES
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de la República de la India, destinados a ser exhibidos durante el desarrollo de la Exposición Multisectorial Made in India, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs.As., 10/2/2005
VISTO el Expediente N° S01:0193410/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que la CAMARA DE INDUSTRIA Y COMERCIO ARGENTINO INDIA solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los productos de la pequeña y mediana industria, alimentos, bebidas, tabacos, artesanías, folletos y otras formas de propaganda , originarios de la REPUBLICA DE LA INDIA, destinados a ser exhibidos durante la realización de la Exposición Multisectorial MADE IN INDIA, que tendrá lugar en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 3 al 10 de mayo de 2005.
Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural entre la REPUBLICA DE LA INDIA y nuestro país.
Que los productos de la pequeña y mediana industria, alimentos, bebidas, tabacos, artesanías, folletos y otras formas de propaganda que ingresarán al país, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MIL (U$S 150.000).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5°, inciso s), de la Ley N° 20.545 incorporado por su similar N° 21.450 y mantenido por el Artículo 4° de la Ley N° 22.792, Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los productos de la pequeña y mediana industria, alimentos, bebidas, tabacos, artesanías, folletos y otras formas de propaganda, originarios y procedentes de la REPUBLICA DE LA INDIA, destinados a ser exhibidos durante la realización de la Exposición Multisectorial MADE IN INDIA, que tendrá lugar en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA) del 3 al 10 de mayo de 2005, para su posterior obsequio y/o venta en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MIL (U$S 150.000), tomando como base de cálculo valores FOB.
ARTICULO 2° Exímese del pago del Impuesto al Valor agregado y de los impuestos internos a la venta de los productos mencionados en el Artículo 1° del presente decreto entre el público concurrente a la muestra aludida precedentemente de corresponder su aplicación.
ARTICULO 3° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Roberto Lavagna.
Cita digital del documento: ID_INFOJU75446