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Decreto 1330/2005

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Convalídase el desplazamiento a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, de un Embajador Extraordinario y Plenipotenciario que integró la delegación argentina que asistió al tratamiento de la “Cuestión Malvinas” en el Comité Especial de Descolonización de la Organización de las Naciones Unidas.

Bs.As., 27/10/2005
VISTO el tratamiento que tuvo la “Cuestión Malvinas” en el seno del Comité Especial Encargado de Examinar la Situación con Respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales de la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS, cuya sesión se llevó a cabo en la ciudad de Nueva York —ESTADOS UNIDOS DE AMERICA— el día 15 de junio de 2005, y CONSIDERANDO:

Que fue necesario contar con la participación del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario (J) D.Lucio Alberto Saturnino GARCIA DEL SOLAR para integrar la Delegación Argentina que asistió al tratamiento de la “Cuestión Malvinas” en el seno del Comité Especial de Descolonización de la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS, en virtud a su vasta experiencia en el tema.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado del presente en virtud de lo prescripto por el artículo 99, inciso 1.de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Convalídase el desplazamiento del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario (J) D.Lucio Alberto Saturnino GARCIA DEL SOLAR (M.I.Nº 1.733.751) a la ciudad de Nueva York —ESTADOS UNIDOS DE AMERICA— entre los días 13 y 16 de junio de 2005 a los fines citados en el VISTO y Considerando del presente Decreto.

ARTICULO 2º — Autorízase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, a liquidar y pagar los viáticos correspondientes a CUATRO (4) días de misión en la ciudad de Nueva York —ESTADOS UNIDOS DE AMERICA—, aplicando el Nivel de la escala vigente establecida por el Decreto Nº 280/1995 y convalídase la extensión de la orden de pasaje por el tramo BUENOS AIRES NUEVA YORK BUENOS AIRES en clase ejecutiva.

ARTICULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Rafael A.Bielsa.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU75466