Tiempo estimado de lectura 3 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
Decreto 381/2003
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Apruébanse renovaciones de contratos celebrados por la mencionada Jurisdicción y financiados de acuerdo con el Contrato de Préstamo FONPLATA ARG7/94, suscripto con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata, destinado al Programa de Desarrollo Social en Areas Fronterizas del Noroeste y Noreste Argentinos con Necesidades Básicas Insatisfechas (PROSOFA).
Bs.As., 10/7/2003
VISTO el Expediente E85402003 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nº 603 del 25 de abril de 1995, Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y Nº 601 del 11 de abril de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 603/1995 se aprobó el contrato de préstamo con el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA para la realización del PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL EN AREAS FRONTERIZAS DEL NOROESTE Y NORESTE ARGENTINOS CON NECESIDADES BASICAS INSATISFECHAS (PROSOFA).
Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros.1023/01 y 436/00, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).
Que resulta necesario proceder a la celebración de contratos de consultores para el PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL EN AREAS FRONTERIZAS DEL NOROESTE Y NORESTE ARGENTINOS CON NECESIDADES BASICAS INSATISFECHAS (PROSOFA), que corresponde al Contrato de Préstamo ARG7/94, celebrado entre la REPUBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), a fin de asegurar el normal desenvolvimiento operativo de dicho Programa en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1º del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y los Decretos Nº 491/02 y Nº 601/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1º Apruébanse las renovaciones de los contratos celebrados entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y las personas que se mencionan en el Anexo I, que forma parte del presente conforme las condiciones, plazos y montos mensuales y totales allí consignados, y la asignación de las funciones conforme lo establecido en el mismo Anexo.
ARTICULO 2º Establécese que las erogaciones de dichos contratos serán financiados de acuerdo al Contrato de Préstamo FONPLATA ARG7/94, celebrado entre la REPUBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alicia M.Kirchner.
NOTA:Este Decreto se publica sin el Anexo I.
Cita digital del documento: ID_INFOJU72062