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Decreto 105/2004

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Desígnase con carácter transitorio Contador General de la Nación.

Bs.As., 21/1/2004

VISTO el Expediente N° S01:0267313/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley N° 25.827 y el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 427 de fecha 25 de julio de 2003 se designó con carácter transitorio en el cargo de Contador General de la Nación, Nivel A, Función Ejecutiva I, al Contador Público D.Francisco Héctor FERNANDEZ (M.I.N° 13.403.124).

Que razones de servicio hacen necesario dejar sin efecto la referida designación y disponer su cobertura.

Que por la Ley N° 25.827 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004.

Que el Artículo 7° de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional, no podrán cubrir cargos vacantes fianciados existentes al 1 de enero de 2004 ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del Artículo 14 de la citada ley.

Que el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso entre otros aspectos que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura del cargo Nivel A Función Ejecutiva Nivel I de la Contaduría General de la Nación dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo previsto en el Artículo 7° de la Ley N° 25.827 y en los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 T.O.1995.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recursos extraordinario alguno.

Que el profesional propuesto para ser designado como Contador General de la Nación dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA, se desempeña en la Administración Pública Nacional, habiendo obtenido holgadas pruebas de solidez de sus conocimientos profesionales y eficiencia en el desempeño de sus funciones.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los incisos 1 y 7 del Artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y de las facultades conferidas por los Artículos 7° y 14 de la Ley N° 25.827 y el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Déjase sin efecto el Decreto N° 427 de fecha 25 de julio de 2003.

ARTICULO 2° — Exceptúase a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de lo dispuesto el Artículo 7° de la Ley N° 25.827 y en los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71 primer párrafo primera parte del Anexo I del Decreto N° 993/91 T.O.1995 a efectos de cubrir UN (1) cargo Nivel A Función Ejecutiva I, en la Contaduría General de la Nación de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del citado Ministerio.

ARTICULO 3° — Desígnase con carácter transitorio en el cargo de Contador General de la Nación, Nivel A, Función Ejecutiva I, al Contador D.César Sergio DURO (M.I.N° 10.924.455) a partir del dictado de la presente medida y por el término de NOVENTA (90) días hábiles.

ARTICULO 4° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme a los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA – Decreto N° 993/91 T.O.1995 en el término de NOVENTA (90) días hábiles contados a partir de la presente medida.

ARTICULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— KIRCHNER.— Alberto AFernández.— Roberto Lavagna.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU77090