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LEY 21419
OBRAS SOCIALES
Personas que transporten cosas por automotor. Derogación
sanc. 17/9/1976; promul. 17/9/1976; publ. 23/9/1976
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1. Derógase la ley 21128 .
Art. 2. Comuníquese, etc.
Videla Martínez de Hoz Harguindeguy Liendo Bardi
Cita digital del documento: ID_INFOJU82608