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07/10/2002
LEY 25650
AUTOMOTORES
TRÁNSITO
Control vehicular en rutas nacionales. Uso del sistema de radar-foto. Prohibición
sanc. 11/9/2002; promul. 3/10/2002; publ. 4/10/2002
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley:
Art. 1. Prohíbase el uso del sistema de radar-foto para el control vehicular en las rutas nacionales como medición de velocidad de vehículos automotores de transporte público y privados, de carga, de pasajeros o de uso particular, cuando éste no cumpla con la reglamentación metrológica y técnica establecida por la resolución 753/1998 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería (reglamentaria de la Ley Nacional 19511 de Metrología).
Art. 2. La Secretaría de Transporte de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley.
Art. 3. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Camaño Maqueda Rollano Oyarzún
Normas citadas: L 19.51119-A-281 S.I.C. y M. res. 753/1998: LA 19-D-4508.
Cita digital del documento: ID_INFOJU84030