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LEY 22227

CONVENIOS INTERNACIONALES

Convenios Multilaterales

Acuerdo Relativo al Comercio Internacional de los Textiles. Protocolo por el que se prorroga el Acuerdo. Aprobación

sanc. 16/05/1980; promul. 16/05/1980; publ. 04/06/1980

En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

El Presidente de la Nación Argentina, sanciona y promulga con fuerza de ley:

Art. 1.– Apruébanse el “Acuerdo relativo al comercio internacional de los textiles” adoptado en Ginebra el 20 de diciembre de 1973 y el “Protocolo por el que se prorroga el Acuerdo relativo al comercio internacional de los textiles”, adoptado en Ginebra el 14 de diciembre de 1977, cuyos textos en idioma español forman parte de la presente ley.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Videla – Pastor – Martínez de Hoz

Nota: Esta ley se publica sin anexo.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU82801