Legislación nacional

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12/04/2004

LEY 24911

ENERGÍA ELÉCTRICA

Complejo Hidroeléctrico Río Grande. Transferencia a la provincia de Córdoba a título gratuito

sanc. 3/12/1997; promul. 5/1/1998; publ. 9/1/1998

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley:

Art. 1.– Transfiérese a la provincia de Córdoba a título gratuito –“ad referendum” de la Legislatura de dicha provincia– la Unidad de Generación Complejo Hidroeléctrico Río Grande.

Art. 2.– Determínase que la Unidad de Generación Complejo Hidroeléctrico Río Grande está integrada por los activos, por el personal de Agua y Energía Sociedad del Estado (en liquidación) y los contratos que se enumeran en los anexos I, II y III respectivamente de la resolución 22/1996 de la Secretaría de Energía y Transporte.

Art. 3.– Como parte de los activos del Complejo Hidroeléctrico Río Grande, corresponde incluir los saldos netos de los créditos de Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado (en liquidación), pendientes de cobro, por todos los conceptos vinculados con la actuación de dicha sociedad, durante el corriente año, como generador ante el Mercado Eléctrico Mayorista por el Complejo Hidroeléctrico Río Grande. Corresponde la valuación de los activos que integran el Complejo Hidroeléctrico Río Grande con el criterio establecido en el art. 96 de la ley 24065.

Art. 4.– La provincia de Córdoba deberá aprobar y recepción formalmente el objeto de la transferencia efectuada.

Art. 5.– Déjase sin efecto la resolución 22/1996 de la Secretaría de Energía y Transporte de la Nación.

Art. 6.– Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Menem – Pierri – Pereyra Arandía de Pérez Pardo – Piuzzi

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU83729