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JURISPRUDENCIA
PROCEDIMIENTO
Excarcelación. Recursos
Buenos Aires, 17 de mayo de 2012.
AUTOS Y VISTOS:
Para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial en esta causa n° 15.685, caratulada: “G. C., V. C. s/ recurso de casación”.
Y CONSIDERANDO:
La señora juez doctora Liliana E. Catucci dijo:
1°) Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 6 de esta ciudad no hizo lugar a la excarcelación de V. C. G. C.
Contra esa decisión (fs. 59/60 vta.) el asistente técnico estatal interpuso recurso de casación (fs. 64/78 vta.), que fue concedido a fs. 79/vta.
2°) Que el recurrente no ha logrado rebatir -más allá de su disenso- los argumentos esgrimidos por el tribunal oral relativos a la existencia de riesgos procesales en la soltura anticipada de G. C. y la circunstancia de que no han variado los elementos que llevaron al tribunal de feria a rechazar otro pedido de excarcelación de la nombrada el 5 de enero del corriente año.
Además, en este momento la causa se encuentra en la etapa de plenario y el plazo que la encausada lleva privada de su libertad (desde el 15 de junio de 2011), no se aparta de los lineamientos de la ley n° 24.390 ni resulta irrazonable en función del delito que se le imputa (comercio de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas, arts. 5°, inc. “c”, y 11, inc. “c”, de la ley 23.737).
En tales condiciones, el recurso en examen no puede prosperar, por lo que propongo que se declare inadmisible, con costas.
Fdo: Liliana Elena Catucci y Raúl Madueño. Ante mi: María de las Mercedes López Alduncin, Secretaria de Cámara.
NOTA: se deja constancia que el Dr. Eduardo Rafael Riggi no firma la presente por encontrarse en uso de licencia. Conste.-María de las Mercedes López Alduncin, Secretaria de Cámara.
Cita digital:
Cita digital del documento: ID_INFOJU99133