Tiempo estimado de lectura 1 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAHonorarios. Ley 27423
En el marco de un juicio por daños y perjuicios, en el que se reclama un resarcimiento a raíz del accidente de tránsito sufrido entre las partes, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 19 de marzo de 2019.-
AUTOS Y VISTOS:
A fin de valorar los trabajos realizados en autos por los beneficiarios de las regulaciones apeladas, la ley 27.423 instituyó la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) para cuantificar los honorarios profesionales de los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia.-
Así las cosas, en consonancia con los términos de la acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N°3/19, monto del acuerdo, de conformidad con lo establecido por los artículos 1,16,19,21 y 59 de la ley arancelaria corresponde confirmar la regulación de fs.202/203 a favor de la perito médica Dra. D. K., los de la perito psicóloga Lic. M. F. B. M., los del perito ingeniero A. D. C., que a la fecha de este pronunciamiento equivalen a 2,65 UMA para cada uno de ellos y los de la Dra. M. F. L.
Comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la C.S.J.N.en la forma de práctica y devuélvase. El Dr. Hugo Molteni no interviene por encontrarse en uso de licencia (art.109 del RJN).-
RICARDO LI ROSI
SEBASTIÁN PICASSO
038578E
Cita digital del documento: ID_INFOJU133863