Tiempo estimado de lectura 1 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAHonorarios regulados a favor del perito contador. Pautas de regulación. Artículos 16, 21 y 50 de la ley 27423, conforme acordada 8/2019
Son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la casusa.
Buenos Aires, 19 de julio de 2019.-
Y VISTOS:
Considerando el monto comprometido en el juicio principal que surge de las copias agregadas a fs. 30/39, y meritando prudencialmente la labor profesional efectuada por el perito contador relativa a su presentación de fs. 26/27, apreciada por su eficacia, extensión y calidad, se elevan a doce mil cuatrocientos cincuenta pesos, equivalentes a … UMA los honorarios regulados a fs. 110 a favor del perito contador D. M. M. (art. 16, 21 y 50 de la Ley 27.423; conf. acordada N° 8/2019).
A fin de cumplir con la publicidad prevista por el art. 1 de la ley 25.856, según el Punto I.3 del Protocolo anexado a la Acordada 24/13 CSJN y con el objeto de implementar esa medida evitando obstaculizar la normal circulación de la causa, hágase saber a las partes que la publicidad de la sentencia dada en autos se efectuará, mediante la pertinente notificación al CIJ, una vez transcurridos treinta (30) días desde su dictado, plazo durante el cual razonablemente cabe presumir que las partes ya habrán sido notificadas. Devuélvase a primera instancia, encomendándose a la Sra. Juez a quo disponer las notificaciones del caso con copia de la presente resolución. Solo intervienen los firmantes por hallarse vacante el restante cargo de Juez de esta Sala (art. 109, Reglamento para la Justicia Nacional).
ALFREDO A. KÖLLIKER FRERS
MARÍA ELSA UZAL
JORGE A. CARDAMA
PROSECRETARIO DE CÁMARA
042708E
Cita digital del documento: ID_INFOJU127910