Legislación nacional

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DECRETO 1058/2002

MINISTERIOS

PODER EJECUTIVO

Secretaría de Cultura. Estructura organizativa. Aprobación

del 19/06/2002; publ. 20/06/2002

Visto los decretos 402 del 22 de mayo de 2000 y su modif. 227 del 4 de febrero de 2002, 290 del 12 de febrero de 2002 y 357 del 22 de febrero de 2002, y

Considerando:

Que por la norma citada en primer término en el visto , se aprobó la estructura organizativa de la ex Secretaría de Cultura y Comunicación de la Presidencia de la Nación.

Que por el decreto 227/2002 el Poder Ejecutivo Nacional dispone la separación de la ex Secretaría de Cultura y Comunicación de la Presidencia de la Nación, creando la Secretaría de Medios de Comunicación de la Presidencia de la Nación.

Que el decreto 290/2002 , establece que la ex Secretaría de Cultura y Comunicación de la Presidencia de la Nación, pasa a denominarse Secretaría de Cultura, la que actuará en la órbita de la Presidencia de la Nación.

Que este último decreto, ordena a la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, presentar una propuesta de estructura organizativa y distribución de las plantas de personal hasta el nivel de Dirección Nacional, General o equivalentes o primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político.

Que por el decreto 357/2002 , se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional, hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus competencias.

Que en razón de ello resulta necesario aprobar la estructura organizativa de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación y determinar la conformación de los organismos descentralizados y desconcentrados.

Que ha tomado intervención la Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del art. 99 inc. 1 de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones y Cargos Planta Permanente y Planta no Permanente de Personal Transitorio, los que como anexos la, Ib, II, IIIa, IIIb, IIIc, IIId y IIIe forman parte integrante del presente.

Art. 2.– El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con las partidas presupuestarias asignadas a la Jurisdicción 2014 de la Presidencia de la Nación.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

Duhalde – Atanasof – Matzkin

Anexo Ia

Anexo Ib

ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA DEPENDIENTES DE LAS

UNIDADES DE LA SECRETARÍA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS

Instituto Nacional de Estudios de Teatro.

Comisión Nacional de la Manzana de las Luces.

Instituto “Juan Bautista Alberdi”.

Museo “Casa Ricardo Rojas”.

Casa Histórica de la Independencia.

Museo de la Historia del Traje.

Museo Histórico de la Casa del Virrey Liniers.

Museo Histórico del Norte.

Museo Histórico Nacional.

Museo Histórico Nacional del Cabildo de Buenos Aires y de la Revolución de Mayo.

Museo Histórico Sarmiento.

Museo y Biblioteca “Casa Natal de Sarmiento”.

Museo Jesuítico de Jesús María.

Museo Mitre.

Museo y Biblioteca de la Casa del Acuerdo de San Nicolás.

Palacio San José Museo y Monumento Nacional “Justo José de Urquiza”.

Museo Roca Instituto de Investigaciones Históricas.

Museo Nacional de Bellas Artes.

Museo Nacional de Arte Decorativo.

Museo Nacional de Arte Oriental.

Museo “Casa de Yrurtia”.

Museo Nacional del Grabado.

Museo Regional de Pintura “José A. Terry”.

Instituto Nacional de Antropología y del Pensamiento Latinoamericano.

DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTES

Coro Nacional de Jovenes.

Coro Nacional de Niños.

Coro Polifónico Nacional.

Orquesta Nacional de Música Argentina “Juan de Dios Filiberto”.

Orquesta Sinfónica Nacional.

Banda Sinfónica de Ciegos.

Coro Polifónico de Ciegos.

Salas Nacionales de Exposición.

Instituto Nacional de Musicología.

DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCIÓN FEDERAL E INDUSTRIAS CULTURALES

Mercado de Artesanias Tradicionales Argentinas (MATRA)

Anexo II

SECRETARÍA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el Sistema de Control Interno de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación de acuerdo a lo establecido por el art. 100 de la ley 24156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, prestando servicio a toda la organización consistente en realizar los exámenes y evaluaciones de las actividades del organismo, empleando el enfoque de Control Integral e Integrado de manera de asegurar la continua optimización de los niveles de eficiencia, economía y eficacia de la gestión.

ACCIONES

1. Elaborar el planeamiento general de Auditoría Interna de acuerdo con las Normas Generales de Control Interno y de Auditoría Interna aplicando el modelo de control integrado y elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

2. Asesorar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer de acuerdo con la autoridad Superior de la Jurisdicción el Sistema de Control Interno y efectuar su seguimiento.

3. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros.

4. Verificar si las erogaciones se efectúan de acuerdo con la normativa legal y a los niveles presupuestarios establecidos por la legislación vigente.

5. Constatar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la elaboración de la información, determinar la precisión de la registración de los activos y las medidas de resguardo tomadas para su protección. Producir informes periódicos sobre las actividades desarrolladas y, de corresponder, formular recomendaciones y observaciones.

6. Comunicar a las autoridades superiores y a la Sindicatura General de la Nación las recomendaciones y observaciones que se formulen y efectuar su seguimiento.

7. Informar sobre los temas que requiere la Sindicatura General de la Nación, en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y ASUNTOS JURÍDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar los recursos financieros, humanos, patrimoniales, informáticos y de servicios generales de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, sus organismos desconcentrados, y del Ballet Nacional. Asistir y asesorar en los aspectos de carácter jurídico y representar a la jurisdicción en asuntos de carácter jurídicolegal.

ACCIONES

1. Efectuar el estudio y preparación del proyecto de presupuesto de gastos de inversiones de la jurisdicción y conducir la ejecución presupuestaria.

2. Realizar la gestión de bienes y servicios que requieran las distintas áreas de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, atendiendo las compras, contrataciones, mantenimiento y suministro.

3. Efectuar el procesamiento administrativo y contable integral de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación centralizando y evaluando la información resultante.

4. Fiscalizar y mantener actualizado el registro de bienes patrimoniales de la jurisdicción.

5. Organizar y supervisar la recepción, registro, trámite, seguimiento y archivo de la correspondencia, expedientes y documentación ingresada, en tránsito o egresada de la Jurisdicción.

6. Coordinar y efectuar la protocolización, registro, archivo y distribución de los actos administrativos referidos a la organización interna de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.

7. Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan la carrera administrativa del personal, coordinar el proceso de capacitación y evaluación del desempeño de los agentes de la jurisdicción; la planificación y diseño organizacional de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación y las acciones conducentes a la designación del personal de la jurisdicción.

8. Supervisar el diseño e implementación de los sistemas informáticos para el procesamiento electrónico de datos y desarrollo de sistemas de información de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.

9. Supervisar y sistematizar la adecuada y necesaria planificación de la gestión de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.

10. Disponer la creación y mejora continua de los procesos, normas y procedimientos de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, optimizando los recursos humanos, técnicos y financieros.

11. Asesorar sobre los proyectos de convenios, actos legales y otros instrumentos en los que la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación tuviera participación y/o competencia.

12. Disponer la representación y patrocinio del Estado Nacional en las causas judiciales en las que la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación deba tomar intervención, atendiendo al control permanente en la marcha de las actuaciones.

13. Controlar el diligenciamiento de los oficios, exhortos y otros requerimientos judiciales dirigidos a la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, centralizando los trámites internos vinculados con ellos y fiscalizando el cumplimiento de los términos prescriptos según la normativa vigente.

14. Disponer y entender en la tramitación de los recursos, reclamos y denuncias interpuestos contra actos administrativos producidos en jurisdicción de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, impulsando los procedimientos respectivos y dictaminar respecto a la legitimidad de los actos de los organismos de la jurisdicción.

15. Disponer la emisión de dictámenes en todos los casos que pudieran dar lugar a la aplicación del régimen administrativo disciplinario aconsejando, si correspondiere, la instrucción del sumario pertinente y asistir al personal de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación en la concurrencia a la Justicia por motivos de servicio.

16. Efectuar la sustanciación de los sumarios administrativos disciplinarios que corresponda promover al personal de la jurisdicción.

DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover, proteger, y estimular las actividades vinculadas con, la música, la danza, las artes escénicas y las artes visuales en todas sus manifestaciones.

ACCIONES

1. Programar, realizar y difundir las actividades relativas a las artes escénicas y visuales, musicales y de la danza, tanto a través de los efectores dependientes de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, como así también convocando creadores, artistas, y especialistas en cada temática.

2. Planificar, organizar y ejecutar la presentación de los cuerpos artísticos propios y la de otros creadores, artistas, y especialistas convocados a tal efecto.

3. Participar en la promulgación y puesta en marcha de los regímenes profesionales que regulen las actividades en el ámbito de su competencia.

4. Propiciar medidas que promuevan la formación y capacitación profesional y artística estimulando mediante premios, becas u otros incentivos las expresiones artísticas, más creativas, destacadas u originales.

5. Organizar y promover la realización de encuentros, seminarios, talleres, conferencias y toda otra actividad que fortalezca la transmisión del conocimiento, el perfeccionamiento y el intercambio de ideas y la pertinente difusión a la comunidad.

6. Promover, realizar y difundir las investigaciones vinculadas con la música, la danza, las actividades coreográficas y las artes visuales.

7. Programar y exhibir muestras de las artes plásticas de nuestro país que comprendan a nuestros creadores en sus diferentes géneros.

8. Fomentar la cooperación, reflexión e intercambio con organismos provinciales y municipales relacionados con la expresión artística.

DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender, conducir y planificar estrategias para la investigación, promoción, rescate, preservación, estímulo, mejoramiento, acrecentamiento y difusión en el ámbito nacional e internacional del Patrimonio Cultural de la Nación, tangible e intangible, inmaterial y oral, en todos los campos en que el mismo se desarrolle.

Desplegar acciones directas e indirectas de tutela y de planificación de técnicas administrativas, presupuestarias y museológicas para el desarrollo de los organismos dependientes del área promoviendo los museos argentinos.

ACCIONES

1. Elaborar políticas y desarrollar programas, proyectos y acciones para el cumplimiento de las actividades de promoción cultural, técnico-museológicas y de investigación llevadas a cabo por los organismos dependientes, verificando el cumplimiento de la normativa que corresponda.

2. Coordinar y controlar todas las actividades relativas a la preservación, conservación, restauración, investigación, documentación y registro, exhibición, comunicación, difusión y acrecentamiento y demás acciones de las distintas áreas funcionales de los organismos que dependen de ella, así como las actividades de promoción cultural desarrolladas por los mismos.

3. Entender en la coordinación, planificación y desarrollo de proyectos especiales y planificar, organizar, producir y difundir seminarios, foros, conferencias, tendientes a fortalecer la acción cultural, en el área de su competencia.

4. Coordinar las acciones y programas del área con aquellos que se lleven a cabo en el ámbito Municipal, Provincial, Nacional e Internacional en el ámbito oficial y privado a través de los organismos pertinentes.

5. Promover las acciones referidas al rescate, preservación y difusión del patrimonio tangible e intangible que componen la identidad cultural, respetando la diversidad cultural y étnica y realizar investigaciones referentes al área, estimulando el trabajo mancomunado del sector público y organizaciones no gubernamentales.

6. Intervenir en la elaboración de políticas y proyectos de legislación, referentes al patrimonio cultural y natural de la Nación y en el análisis de la normativa jurídica del ámbito de la cultura y proponer su aplicación al área.

7. Entender en la aplicación de instrumentos normativos referentes a la conservación, registro y revalorización del patrimonio cultural de la Nación y en la realización del Registro de Bienes Culturales de la Nación.

8. Intervenir en la formulación de propuestas de políticas de apoyo y de asesoramiento a otras jurisdicciones del sector oficial y del sector privado en el ámbito de su competencia.

9. Intervenir en el plan de obras para el sector y prestar asesoramiento a organismos de otras jurisdicciones y del sector privado.

10. Entender, coordinar y representar a la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación en la solicitud, desarrollo y evaluación de asesoramiento a especialistas, organismos y entidades oficiales y privados, no gubernamentales, nacionales, extranjeros, internacionales e intergubernamentales relativo al área de su competencia.

DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCIÓN FEDERAL E INDUSTRIAS CULTURALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, elaborar e instrumentar acciones tendientes a promover la participación cultural en todos sus aspectos a través de programas socioculturales, eventos, seminarios, proyectos, convenios culturales, concursos y ferias artesanales, respetando las especificidades provinciales y regionales.

Diseñar, implementar y difundir las políticas y acciones tendientes a fomentar y promover el desarrollo de las industrias culturales, en especial aquellas generadoras de plena utilización de los recursos humanos del sector.

ACCIONES

1. Implementar políticas de articulación y complementación entre las distintas jurisdicciones integrantes del sistema federal argentino, promoviendo la ejecución de actividades conjuntas e intercambio con las administraciones regionales, provinciales y municipales.

2. Programar, desarrollar, implementar y coordinar todas las acciones relacionadas con el desarrollo y la implementación de los regímenes de premios nacionales y regionales, así como cualquier otra distinción a crearse.

3. Elaborar, compilar, procesar, interpretar y analizar la información cultural, coordinando la brindada por todos los organismos responsables en el ámbito nacional e internacional, público y privado.

4. Estimular y promover la creación literaria, el desarrollo editorial y el fomento de la lectura, difundiendo las acciones implementadas a tal fin.

5. Proponer, planificar y ejecutar estrategias y políticas de producción y promoción en el campo audiovisual, difundiendo su accionar y propendiendo a su integración en el ámbito federal y regional.

6. Diseñar e implementar políticas que tiendan al estímulo de formas experimentales de expresión que incorporen nuevas tecnologías.

7. Promover el fortalecimiento de las industrias culturales nacionales, impulsando medidas y acciones tendientes a favorecerlas, estimulando y revalorizando el desarrollo específico de la acción cultural local.

8. Impulsar y favorecer el desarrollo de los sectores vinculados a la cultura, propiciando el pleno empleo de los recursos humanos.

9. Promover el desarrollo de mercados de productos y artesanías como hechos culturales.

10. Proyectar y promover una cultura participativa aplicada a las industrias culturales, organizando y difundiendo las distintas manifestaciones y actividades culturales llevadas a cabo por la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, a través de la programación y realización de eventos, seminarios, concursos, programas socioculturales, convenios y/o cualquier otro medio eficaz, que permita el cumplimiento de los objetivos vinculados con el área.

DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICA CULTURAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en el diseño e implementación de políticas de cooperación internacional, en el ámbito de competencia de la Jurisdicción, en especial las vinculadas con acciones bilaterales o multilaterales con estados extranjeros, organismos internacionales y demás instituciones de financiamiento y apoyo externo, en coordinación con los organismos competentes en la materia, propiciando la firma de convenios y otras acciones culturales tendientes a fomentar la integración, principalmente del Mercosur. Intervenir y asesorar en el diseño de políticas culturales y su legislación específica.

ACCIONES

1. Formular, intervenir y asistir en la coordinación de planes, programas y proyectos que requieran cooperación o asistencia del sector externo, relevando las posibilidades de oferta de ese sector y gestionando la colaboración requerida en coordinación con los organismos oficiales y con las organizaciones no gubernamentales pertinentes, velando por el cumplimiento de los compromisos contraídos como consecuencia de la mencionada colaboración.

2. Intervenir en las relaciones con las jurisdicciones culturales de otros Estados y con los organismos internacionales, especialmente con la Organización de los Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (O.E.I.) y la Unesco.

3. Articular los mecanismos necesarios para el diseño e implementación de políticas de cooperación entre los organismos dependientes de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación y las provincias, con otros países y organismos internacionales.

4. Asistir al secretario de Cultura de la Presidencia de la Nación en su carácter de representante de la República Argentina ante el Mercosur Cultural y ejercer la representación de la Jurisdicción en el Comité Técnico Permanente.

5. Intervenir en la celebración de convenios y programas bilaterales con estados extranjeros y coordinar la ejecución de los mismos.

6. Coordinar y consensuar en el ámbito nacional políticas y acciones comunes y complementarias que generen el cumplimiento de los objetivos previstos preservando y respetando la diversidad cultural.

7. Programar y realizar actividades de capacitación, perfeccionamiento e intercambio, propiciando el relevamiento de experiencias de gestión que favorezcan el desarrollo cultural.

8. Asesorar en la formulación y reglamentación de normas en materia cultural y entender en el ordenamiento, actualización y compilación de la legislación cultural nacional e internacional, especialmente la relativa a los países integrantes del Mercosur, conjuntamente con otros organismos con competencia en la materia o con las respectivas comisiones del Poder Legislativo Nacional.

9. Intervenir en la selección de contenidos y articular las acciones que la Secretaría realice en el exterior, conjuntamente con los organismos competentes en la materia, garantizando la diversidad cultural de las distintas regiones del país y otorgando especial impulso al fomento del arte popular a través de la coordinación y control de las acciones del Mercado de Artesanías Tradicionales Argentinas.

Anexo IIIa

PLANTA PRESUPUESTARIA

JURISDICCCIÓN 20 SECRETARÍA DE CULTURA

PROGRAMA PRESUPUESTARIO 38 – DESARROLLO Y ACCIÓN CULTURAL

ESCALAFÓN: DECRETO 993/1991

Actividad Presupuestaria]]>

Actividad Presupuestaria

Descripción de la actividad

Unidad Organizativa

F/N

A

B

C

D

E

F

Subtotal

 

 

Unidad secretario

 

 

3

15

9

5

 

32

 

 

Dir. General de Gestión
Administrativa y Asuntos Jurídicos

 

3

10

25

24

23

4

189

 

 

Unidad de Auditoría Interna

1

 

1

2

1

 

 

5

 

 

Dir. Nacional de Política Cultural y Cooperación Internacional

 

1

2

8

2

 

 

13

 

 

Dir. Nacional de Acción Federal. e Ind. Culturales

 

1

7

13

13

15

 

49

 

 

Com. Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos

 

 

2

11

4

9

6

32

 

 

Conabip

 

 

 

5

6

6

1

18

 

 

Instituto Nac. Sanmartiniano

 

 

2

4

1

3

 

10

 

 

Dir. Nacional de Patrimonio y Museos

 

2

18

115

119

173

46

473

 

 

Dir. Nacional de Artes

 

1

6

12

20

20

7

66

Total

1

8

51

209

200

254

64

787

 

Anexo IIIb

PLANTA PRESUPUESTARIA

PERSONAL TEMPORARIO

JURISDICCCIÓN – 20 SECRETARÍA DE CULTURA

PROGRAMA PRESUPUESTARIO 38 – DESARROLLO Y ACCIÓN CULTURAL

ESCALAFÓN: DECRETO 993/1991

Actividad Presupuestaria]]>

Actividad Presupuestaria

Descripción de la actividad

Unidad Organizativa

B

C

D

E

F

Total

 

 

Unidad secretario

1

6

22

11

4

44

 

 

Dir. Nac. Patrimonio y Museos

 

3

4

6

5

18

 

 

Dir. Nac. de Artes

4

5

40

8

4

61

Total

5

14

66

25

13

123

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU84856