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DECRETO 4560/1973
REGISTRO DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR
Dominio e identificación de automotores. Régimen. Texto ordenado del Decreto Ley 6582/1958
del 17/05/1973; publ. 30/05/1973
Visto la facultad acordada al Poder Ejecutivo por la ley 20004 para ordenar las leyes, sin introducir en su texto ninguna modificación, salvo las gramaticales indispensables para la nueva ordenación:
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Apruébase el ordenamiento del decreto ley 6582/1958 , ratificado por la ley 14467 , de acuerdo con el texto consignado en el anexo que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2.– Comuníquese, etc.
Lanusse – Colombres
Anexo (*)
Ver decreto ley 6582/1958, t.o. 1973 .
ÍNDICE DEL ORDENAMIENTO
Artículo
Fuente
Nuevo
Anterior
1
1
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
2
2
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
3
3
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
4
4
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
5
5
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
6
6
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
7
7
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
8
8
Ley 20167, art. 1
9
9
Ley 20167, art. 1
10
10
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
11
11
Ley 20167, art. 1
12
12
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
13
13
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
14
14
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
15
15
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
16
16
Ley 20167, art. 1
17
17
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
18
18
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
18 bis
Ley 20167, art. 2
19
19
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
20
20
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
22
21
Ley 20167, art. 1
23
22
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467.
24
23
Ley 20167, art. 1.
25
24
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
26
25
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
27
26
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
28
27
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
29
28
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
30
29
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
31
30
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
32
31
Ley 2016
33
32
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
34
41
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
35
42
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
36
45
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
37
49
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
38
50
Decreto ley 6582/1958, ratificado por ley 14467
39
Decreto ley 5120/1963, ratificado por ley 16473, art. 3, última parte
40
Ley 20167, art. 3
DISPOSICIONES EXCLUIDAS DEL ORDENAMIENTO
Artículo anterior
Causa de la exclusión
33
Derogado por ley 17567, art. 7, inc. g), corregido por ley 17812, art. 5
34
Derogado por ley 17567, art. 7, inc. g), corregido por ley 17812, art. 5
35
Derogado por ley 17567, art. 7, inc. g), corregido por ley 17812, art. 5
36
Derogado por ley 17567, art. 7, inc. g), corregido por ley 17812, art. 5
37
Derogado por ley 17567, art. 7, inc. g), corregido por ley 17812, art. 5
38
Derogado por ley 17567, art. 7, inc. g), corregido por ley 17812, art. 5
39
Derogado por ley 17567, art. 7, inc. g), corregido por ley 17812, art. 5
40
Derogado por ley 17567, art. 7, inc. g), corregido por ley 17812, art. 5
43
Derogado por decreto ley 5120/1963, ratificado por ley 16478, art. 8
44
Derogado por decreto ley 5120/1963, ratificado por ley 16478, art. 8
46
Derogado por decreto ley 5120/1963, ratificado por ley 16478, art. 8
47
Por haber perdido actualidad
48
Por haber perdido actualidad
51
Artículo de refrendo
52
Artículo de forma
PLANILLA DE CORRECCIÓN DE CITAS
Artículo nuevo
Decía
Dice
Fuente
1
de su inscripción en el Registro de Propiedad del Automotor
de su inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
decreto 6557/1971, art. 1
6
del dominio en el Registro de Propiedad del Automotor
del dominio en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
decreto 6557/1971, art. 1
8
Créase el Registro de la Propiedad del Automotor
Créase el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
decreto 6557/1971, art. 1
previo informe de la Dirección Nacional de Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
previo informe de la Dirección Nacional de Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
decreto 6557/1971, art. 1
deberán inscribirse en el Registro de la Propiedad del Automotor
deberán inscribirse en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
decreto 6557/1971, art. 1
14
facilitarán las oficinas del Registro de Propiedad del Automotor
facilitarán las oficinas del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
decreto 6557/1971, art. 1
18
expedidos por el Registro de Propiedad del Automotor
expedidos por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
decreto 6557/1971, art. 1
19
se inscriban en el Registro de la Propiedad del Automotor
se inscriban en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
decreto 6557/1971, art. 1
21
el Registro de Propiedad del Automotor expedirá
el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor expedirá
decreto 6557/1971, art. 1.
28
multa de cien pesos moneda nacional (m$n 100) a dos mil pesos moneda nacional (m$n 2000)
multa de un peso ($ 1) a veinte pesos ($ 20)
Ley 18188, art. 2
33
los Registros remitirán al Registro de Propiedad del Automotor
los Registros remitirán al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
decreto 6557/1971, art. 1
40
Dirección Nacional de Registros Nacionales
Dirección Nacional de los Registros Nacionales
decreto 6557/1971
Cita digital del documento: ID_INFOJU88695