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Decreto 910/2005

MISIONES OFICIALES

Danse por autorizados desplazamientos de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Bs.As., 27/7/2005
VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y CONSIDERANDO:

Que a los efectos de cumplimentar Misiones Oficiales, personal del Ministerio citado en el VISTO se desplazó a diversos países.

Que en su carácter de Secretarios de Estado, se efectuó a los funcionarios el correspondiente anticipo de viáticos estipulado en el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995.

Que, en consecuencia, se hace menester regularizar la situación planteada, de acuerdo a las normas fijadas en el mencionado Decreto.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Danse por autorizados los desplazamientos de los funcionarios del Ministerio citado en el
VISTO que a continuación se detallan:

1) señor Secretario de Relaciones Exteriores, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Jorge Enrique TAIANA, entre los días 22 y 29 de octubre de 2003, a las ciudades de: Washington D.C., ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con motivo del Depósito del Instrumento de Ratificación del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos – Protocolo de San Salvador ante la O.E.A.; Lima, REPUBLICA DEL PERU, con motivo de la Reunión de Vicecancilleres de América del Sur y México Distrito Federal, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, con motivo de la Conferencia Especial de Seguridad de la O.E.A. y 2) el entonces señor Secretario de Comercio y Relaciones Económicas Internacionales, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Hernán Martín PEREZ REDRADO a las ciudades de: Brasilia, REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, entre los días 11 y 12 de diciembre de 2003, con motivo de la Reunión del G20; Caracas, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, entre los días 5 y 7 de abril de 2004, con motivo de una Reunión Bilateral de Alto Nivel y Paris, REPUBLICA FRANCESA, del 12 al 15 de mayo de 2004, con motivo de una Reunión Ministerial de la O.M.C.

ARTICULO 2º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO para el ejercicio 2004.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER. — Rafael A. Bielsa.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU76272