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Decreto 931/2005

SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Designación de un agente en TELAM Sociedad del Estado.

Bs.As., 3/8/2005
VISTO el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y lo solicitado por TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, en jurisdicción de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del Decreto N° 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada –en los términos del artículo 2° del Decreto N° 23 del 23 de diciembre de 2001– en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO propone la cobertura de un cargo categoría Auxiliar Especializado “B” en la Gerencia de Planificación y Medios.

Que la persona que ha de ser designada reúne los requisitos requeridos por la Circular 4/02 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la relación laboral que rige al personal de TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO se encuentra alcanzada por las Leyes Nros.12.908, 12.921 y 20.744 y sus modificatorias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Desígnase, a partir del 1° de julio de 2004, en el ámbito de TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, en jurisdicción de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al señor D.Rodrigo Hernán VIVARES (D.N.I.N° 26.716.357), en la categoría Auxiliar Especializado “B”.

ARTICULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará al ítem Remuneraciones del programa de Publicidad de TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU76290