Tiempo estimado de lectura 0 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
DECRETO 398/1982
COMERCIO EXTERIOR
Reembolso adicional. Empresas beneficiarias. Régimen. Aclaración
del 23/8/1982; publ. 26/8/1982
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Aclárase que el párr. 1 del art. 6 del decreto 1691 del 20 de octubre de 1981 no es aplicable a aquellas empresas que, aun formando parte de un conjunto económico, hubiesen actuado y continúen actuando en forma independiente en materia de exportaciones, siempre que los productos de que se trate sean elaborados por la misma empresa exportadora.
Art. 2. Las empresas comprendidas en el artículo anterior deberán probar que la producción a exportar es de origen propio y facilitar a la autoridad de aplicación todos los medios necesarios para el control respectivo.
Art. 3. Comuníquese, etc.
Bignone Dagnino Pastore
Cita digital del documento: ID_INFOJU88469