Tiempo estimado de lectura 1 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIA
Santa Fe, 19 de junio de 2013.
VISTOS: Estos autos caratulados «BARRETO, Daniela Alejandra contra MUNICIPALIDAD DE SANTA FE sobre RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO» (Expte. C.C.A.1 n° 296, año 2008), venidos para resolver acerca de la impugnación a la liquidación de honorarios y gastos; y,
CONSIDERANDO:
1. A foja 185/vto. el apoderado de la actora practica liquidación de los importes adeudados, dice, por la «demandada».
2. A foja 187 la representante legal de la demandada impugna la liquidación por considerar que los honorarios en sede administrativa no deben ser parte integrante pues no pesa condena en costas contra su parte, y practica liquidación de honorarios devengados en sede judicial y gastos, que ascienden a la suma de $…
3. A foja 188/vto. el apoderado de la actora señala que la sentencia condenó en costas a la demandada y que posteriormente se regularon los honorarios profesionales.
Entiende por ello, que debió aclararse ese aspecto y ser determinado con precisión; mas, como el resultado fue favorable a su pretensión, deduce que la condena en costas abarca ambas instancias.
4. Habrá de desestimarse el pedido de la actora.
Aun cuando la impugnación planteada por la demandada resulta extemporánea, y sin que fuera impugnada por la parte actora, es deber del Tribunal advertir que los honorarios profesionales regulados en sede administrativas no gozan del carácter de ‘costas judiciales’, reservadas sólo para el proceso ulterior, donde el Tribunal si se encuentra habilitado para disponer conforme al artículo 24 de la ley 11.330.
Así lo entendió la Corte local en «Escobar Cello», A y S, T. 53, págs. 270/276 -criterio que esta Cámara hace suyo en «Herrera» (A. y S. 8: 125)- a los cuales corresponde remitir mutatis mutandi.
Por lo expuesto, la Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 RESUELVE: 1. Hacer lugar a la impugnación formulada por la demandada y aprobar, en cuanto por derecho corresponda, la liquidación de honorarios, aportes y gastos presentada a foja 187, hasta la suma de $…
Regístrese y hágase saber.
Fdo. Palacios. De Mattia. Lisa. Di Mari.(Sec.)
Ley 11330 – BO: 29/01/1996
Calatayud, Silvia Andrea y otros c/Municipalidad de Rosario s/recurso contencioso administrativo – Cám. Cont. Adm. Nº 2 – Rosario – 10/08/2011
Cita digital:
Cita digital del documento: ID_INFOJU99813