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JURISPRUDENCIAHonorarios del síndico. Pautas de regulación. Art. 289 de la Ley 24.522
En el marco de un concurso preventivo son apelados los honorarios de la sindicatura.
Buenos Aires, 02 de agosto de 2018.
Y VISTOS:
En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión del trabajo desarrollado por el profesional beneficiario de la regulación apelada, se confirman en once mil setecientos sesenta pesos ($11.760) los honorarios de la sindicatura Estudio Zappa, Smokvina, Labarque & Asociados, regulados a fs. 2238 (art. 289 de la ley 24.522).
Notifíquese por Secretaría.
Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.
Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.
Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf. art. 109 RJN).
EDUARDO R. MACHIN
JULIA VILLANUEVA
(JUECES)
BRUNO (SECRETARIO)
033880E
Cita digital del documento: ID_INFOJU127207