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JURISPRUDENCIAIncidente de verificación. Honorarios
En el marco de un incidente de verificación, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2017.
Y VISTOS:
En atención a la índole, extensión de los trabajos realizados y las características e importancia del pleito, se reducen a treinta y cinco mil pesos ($ 35.000) los honorarios del síndico G.R. S., a catorce mil pesos ($ 14.000) los de los letrados del síndico M. H. B. y E. B., en conjunto, a treinta y cinco mil pesos ($ 35.000) los del letrado patrocinante de la incidentista E. F. y se confirman en treinta y cinco mil pesos ($ 35.000) los del letrado apoderado de la concursada J. F. R. (arts. 6, 7, 9, 19 y 33 de la ley 21.839).
Por la tareas desarrolladas ante esta Alzada que dieron origen a la resolución de fs. 87/8, se fijan en ocho mil setecientos cincuenta pesos ($8.750) los honorarios del letrado patrocinante de la incidentista E. F. (art. 14 de la ley 21.839).
Los honorarios revisados fueron regulados a fs. 91 y 103.
Publíquese a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose al Sr. Juez a quo las notificaciones.
MARIA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO
ANA I. PIAGGI
032042E
Cita digital del documento: ID_INFOJU121874