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JURISPRUDENCIAIncidente de verificación de crédito. Regulación de honorarios
En el marco de un incidente de verificación de crédito, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2017.
Y VISTOS:
En atención a la índole y extensión de los trabajos realizados, se elevan a dos mil pesos ($ 2.000) los honorarios del patrocinante F. J. D. y a ochocientos pesos ($ 800) los de la apoderada N. C. S. I. (arts. 6, 7, 9, 19 y 33 de la ley 21.839).
Los honorarios revisados fueron regulados a fs. 3302.
Finalmente y por los trabajos realizados ante esta Alzada, que originaron la resolución de fs. 3296/7, se fijan en quinientos pesos ($ 500) los estipendios del letrado G. A. M. y en doscientos pesos ($200) los de la apoderada M. D. R. (art. 14 de la ley 21.839).
Publíquese a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose al Sr. Juez a quo las notificaciones.
MARIA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO
ANA I. PIAGGI
MATILDE E. BALLERINI
028211E
Cita digital del documento: ID_INFOJU121516