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JURISPRUDENCIAAutorización para viajar
Se resuelve hacer lugar a lo solicitado y, en consecuencia, autorizar al imputado a salir del territorio nacional.
NEUQUÉN, 14 de mayo de 2019.-
Autos y vistos:
Estos actuados caratulados “Azocar Elías Andrés s/incidente de autorización de salida” Expte. N° FGR 12012/20116/TO1/5, del registro de este Tribunal.
Considerando:
Que, a través de la presentación adunada a fs. 36, el Dr. Luis María VARELA solicita se autorice a Elías Andrés AZOCAR a viajar a la localidad de Temuco – República de Chile -, desde el día 14 de mayo del año 2019 hasta el día 28 de mayo de 2019, por razones familiares.
En tal sentido, en lo que aquí y ahora interesa, aportó el domicilio en el que el encausado habrá de permanecer en el vecino Estado.
Que, en relación con el pedido en trato, el Fiscal General se pronunció a fs. 38.
A la sazón, el Dr. Miguel A. PALAZZANI, tras reseñar las circunstancias que otorgan identidad propia al caso, expresó que atento al cumplimiento asumido por el peticionante cuando fuera previamente autorizado a salir del país, así como, la conducta demostrada hasta la fecha, entiende a que se puede autorizar al nombrado a viajar a la ciudad de Temuco, Chile, en las fechas requeridas, con la imposición de la obligación de dar aviso dentro de las 48 horas de su retorno, a este Tribunal.
Así el estado de cosas, en virtud del motivo invocado en sustento de la petición, el favorable dictamen emitido por el Ministerio Público Fiscal y del tiempo transcurrido desde el inicio de la causa (junio de 2016), corresponde hacer lugar a lo solicitado a fs. 36 y, en consecuencia, autorizar a Elías Andrés AZOCAR a salir del territorio nacional, con destino a la localidad de Temuco – República de Chile -, a partir del día 14 de mayo, con fecha de regreso el día 28 de mayo de 2019, imponiendo al mismo la obligación de comunicar a este Tribunal su regreso al país, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de ocurrido, extremo que deberá observar estrictamente; así como, la fecha de retorno autorizada, lo que ASÍ RESUELVO.
Por Secretaría, extiéndase certificación de estilo que, frente a la inminencia de la fecha de inicio del viaje de AZOCAR, deberá permanecer en esta sede para su retiro por parte del interesado o de su defensa técnica.
Cúmplase. Comuníquese a la Delegación local de la Dirección Nacional de Migraciones. Notifíquese al Ministerio Público Fiscal, al Dr. Luis María VARELA y a Elías Andrés AZOCAR (por razones de celeridad a través de su defensa técnica).
Firmado por: ORLANDO ARCANGEL COSCIA
JUEZ DE CÁMARA
Firmado (ante mí) por: VÍCTOR HUGO CERRUTI
SECRETARIO
041974E
Cita digital del documento: ID_INFOJU130829