Se confirma la resolución que desestimó la citación como tercero del presidente del establecimiento educativo demandado -en los términos del artículo 94 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación-, como único directivo con capacidad de dirección y administración del personal, y único obligado al pago de las obligaciones previsionales adeudadas y reclamadas en la causa, al concluirse que no se había probado suficientemente que el litigio le fuera común, sin mencionarse en ningún momento que podría ser sujeto pasible de una acción de regreso. Además, sabido es que la intervención de terceros reviste carácter restrictivo.
Despido citacion de terceros establecimiento educativo deuda por aportes y contribuciones accion de regreso
Mensual
$15900
por mes
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral
$50900
6 meses de acceso
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 meses
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
Hasta 3 cuotas sin interés
Anual
$95400
Promo - 12 meses de acceso
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 meses
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
Hasta 3 cuotas sin interés